Solicitud de huerto urbano

Tramitar

Objeto del trámite: Solicitud de una parcela de huerto urbano ecológico municipal según la convocatoria 2025.
Codi SIA: 2858696
Ámbito de responsabilidad: Medio Ambiente
Quién lo puede solicitar: Podrán ser beneficiarias de las parcelas las personas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Contar con DNI/NIE vigente y estar actualmente empadronadas en el municipio, con una antigüedad mínima de un año (ininterrumpido).
b) Presentar una única solicitud por unidad de convivencia (se entiende como unidad de convivencia el total de personas empadronadas que conviven en un mismo domicilio).
c) No disponer, ni la persona solicitante ni cabe otro miembro de la unidad familiar, del uso de ninguna parcela agrícola o terreno de cultivo, de titularidad propia o de alquiler, o de otra parcela de los huertos municipales.
d) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para ejercer las funciones derivadas del huerto.

Requisitos a cumplir:
Documentación a presentar: En caso de querer puntuar a los criterios a los cuales no se ha autorizado la consulta, se tiene que aportar la documentación acreditativa correspondiente
- Carné de pensionista.
- Tarjeta del paro.
- Título de familia numerosa.
- Título de familia monoparental.

Para puntuar como persona beneficiaria de una prestación social:
- Adjunto certificado de prestación social oficial.

Para puntuar como persona con discapacidad o a cargo de un miembro de la familia conviviente con discapacidad:
- Carné de discapacidad o declaración administrativa del grado de discapacidad reconocida por el órgano competente.


Donde se puede realizar el trámite: Presencial: de 25 de abril hasta el 9 de mayo.
Por teléfono (sólo información):
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: de 25 de abril hasta el 9 de mayo, www.ajmao.org / www.carpetaciutadana.org

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano: 15 días desde la publicación.
Plazos de la administración: 3 meses.
Tarifas aplicables: Servicio gratuito.
Respuesta al ciudadano: La autorización de uso privativo de las parcelas de huertos municipales se aprobará mediante Decreto de Alcaldía, conforme al Decreto 2023/DA/0000153, de delegación de competencias de Alcaldía en materia de Medio Ambiente. La resolución del otorgamiento de las licencias, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes conforme a lo que prescriben los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Marco legal: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO PRIVATIVO DE PARCELAS DE LOS HUERTOS URBANOS ECOLÓGICOS MUNICIPALES 2025 Y NORMAS DE USO.
Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Observaciones:


 
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