No hi ha un formulari específic per fer aquest tràmit, però podeu presentar la sol·licitud a través de la instància genèrica
Objeto del trámite:
Tramitar la baja del Padrón municipal de habitantes por defunción.
Ámbito de responsabilidad:
Oficina de atención Ciudadana
Quién lo puede solicitar:
La baja por defunción puede tramitarse de oficio o bien a petición de la familia.
Requisitos a cumplir:
Debe rellenar el formulario de solicitud y presentarlo en la OAC, acompañado por la fotocopia del certificado de defunción o Libro de Familia donde se haya inscrito la defunción.
Documentación a presentar:
- Fotocopia del certificado de defunción.
- Libro de Familia donde haya sido inscrita la defunción.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC)
Por teléfono (sólo información):
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
Qué ha de pedir el ciudadano:
Presencialmente:
1. Ir a la Oficina de Atención Ciudadana
2. Rellenar el formulario de solicitud y presentarlo en la OAC, acompañado con la fotocopia del certificado de defunción o el Libro de Familia donde haya sido inscrita la defunción.
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables:
Trámite gratuito
Respuesta al ciudadano:
Marco legal:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal
Sentido del silencio administrativo:
No se aplica
Observaciones: