Certificado de empadronamiento histórico

Tramitar

Objeto del trámite: Certificado municipal que acredita el tiempo y domicilios donde ha estado empadronada una persona en el municipio.
Codi SIA: 2857996
Ámbito de responsabilidad: Oficina de Atención Ciudadana
Quién lo puede solicitar: - Cualquier persona interesada, con la documentación acreditativa vigente
- Cualquier persona física mayor de edad puede solicitar un certificado de empadronamiento de cualquiera de las personas que están empadronadas en su domicilio.
- Cualquier persona física mayor de edad puede actuar como representante con autorización de la persona interesada

Requisitos a cumplir: Estar o haber estado empadronado en el municipio.
Documentación a presentar: - Si realiza el trámite la persona interesada, debe aportar el original del DNI
- Si realiza el trámite una persona que no es la interesada, debe aportar el original de su DNI, fotocopia del DNI de la persona que solicita el certificado y una autorización firmada por la persona solicitante

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Oficina de Atención Ciudadana (OAC)
Por teléfono (sólo información): 971 369800
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano: Se puede solicitar en cualquier momento.
Plazos de la administración: Resolución inmediata
Tarifas aplicables: 0'82€
Respuesta al ciudadano: Inmediata
Marco legal: Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Sentido del silencio administrativo: No se aplica
Observaciones:


 
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