Licencia de obra sin proyecto técnico

Tramitar

Objeto del trámite: Solicitar una licencia para obras que no pueden ser objeto de comunicación previa y no precisan proyecto
Ámbito de responsabilidad: Departamento de Urbanismo
Quién lo puede solicitar: La persona o entidad promotora de la obra.
Requisitos a cumplir: Obras que no precisan de proyecto y que no se pueden acoger a la modalidad de comunicación previa prevista en la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.
Documentación a presentar: - Solicitud de licencia de obra correctamente rellenada
- Presupuesto redactado por el contratista
- Plano indicando las obras a realizar
- Comunicación del constructor
- Fotografías

Documentación adicional para obras relacionadas con una licencia de actividad ya existente:
- Declaración del titular sobre si las obras a realizar son substanciales o no para la actividad

Si se trata de licencias de obras destinadas a iniciar una nueva actividad:
1- En el caso de actividades permanentes inocuas, menores o modificaciones, se ha de realizar una comunicación de inicio de obra para actividad (art. 36 de la ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears)
2- En el caso de actividades permanentes mayores, se ha de solicitar el permiso de instalación y obras a través de la tramitación de una licencia integrada (o de obras y actividades coordinadas)

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: En la Oficina de Atención Ciudadana (OAC)
Por teléfono (sólo información): 971370110
Por correo: Pla de l'Església, 3
Por FAX (sólo información): 971370372
Correo electrónico: general@ajmigjorngran.org
Otros: TRAMITE ON LINE
Página web: www.ajmigjorngran.org

Qué ha de pedir el ciudadano: Licencia de obra sin proyecto
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables: Impuesto: 2,4% del presupuesto. Tasa: 1,5% del presupuesto (mínimo de 90 €).
Respuesta al ciudadano:
Marco legal:
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: Si es necesaria ocupación de vía pública para realizar las obras, se solicitará el correspondiente permiso al Ayuntamiento.

La administración es competente para comprobar, por cualquier medio admitido en Derecho y en cualquier momento, la veracidad de los datos aportados en su solicitud y para comprobar si la realización de las obras se ajustan a la legalidad vigente.

El promotor está obligado a exhibir en el lugar de la obra una copia de la licencia de obras sin proyecto, durante todo el tiempo que dure la actuación.



 
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