Solicitud Fraccionamiento y aplazamiento de deudas


No hi ha un formulari específic per fer aquest tràmit, però podeu presentar la sol·licitud a través de la instància genèrica



Objeto del trámite: Tramitar las solicitudes de fraccionamiento y aplazamiento de pago de deudas
Ámbito de responsabilidad: Departamento de recaudación y JGL.
Quién lo puede solicitar: El sujeto pasivo del tributo o su representante legal.
Requisitos a cumplir: Que la situación económico-financiera del deudor impida, dentro del plazo establecido, hacer frente, transitoriamente, al pago de la deuda contraída.

Para deudas superiores a 6.000€, se podrá exigir garantía o compromiso de pago.

Documentación a presentar:


Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Departamento de Recaudación - Pl. des Mercat, s/n
Por teléfono (sólo información): 971 35 68 70
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico: recaptacio2@aj-escastell.org,recaptacio3@aj-escastell.org, recaptacio4@aj-escastell.org
Otros:
Página web: www.aj-escastell.org

Qué ha de pedir el ciudadano: El ciudadano tiene que presentar la solicitud rellenada junto con la documentación requerida en el registro de entrada de forma presencial o vía telemática.

Plazos de ciudadano: Las solicitudes se presentarán con los siguientes plazos: a) Para deudas en periodo voluntario, dentro del plazo fijado para su ingreso. b) Para deudas en periodo ejecutivo, en cualquier momento antes de la notificación al obligado del acuerdo de alienación de los bienes embargados.
Plazos de la administración: Seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Tarifas aplicables:
Respuesta al ciudadano: Mediante notificación
Marco legal: • Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el cual se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales.
• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
• Real Decreto 939/2005, de 9 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
• Ordenanza fiscal reguladora del tributo del cual se solicite el fraccionamiento.

Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio
Observaciones:


 
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