Solicitud de Bonificación de IVTM por antigüedad


No hi ha un formulari específic per fer aquest tràmit, però podeu presentar la sol·licitud a través de la instància genèrica



Objeto del trámite: Tramitar las solicitudes de Bonificación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica por antigüedad

Ámbito de responsabilidad: Departamento de recaudación
Quién lo puede solicitar: - La persona propietaria de un vehículo que tenga una antigüedad superior a 25 años.

Requisitos a cumplir: Los vehículos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de fabricación (o, si esta no se conoce, desde la fecha de primera matriculación) podran disfrutar (previa solicitud) de una bonificación en la cuota del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Documentación a presentar: 1.Solicitud de exención de IVTM por antigüedad debidamente firmada
Instancia modelo original.
2.Hoja de características técnicas del vehículo

3.Permiso de circulación del vehículo


Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Departamento de Recaudación - Pl. des Mercat
Por teléfono (sólo información): 971 35 68 70
Por correo: Apartado de correos 39
Por FAX (sólo información): 971 35 29 27
Correo electrónico: (només informació) recaptacio3@aj-escastell.org
Otros:
Página web: www.aj-escastell.org / Sede Electrónica o Carpeta Ciudadana

Qué ha de pedir el ciudadano: 1.El ciudadano debe presentar la solicitud rellenada juntamente con la documentación requerida
- Registro de entrada / presencial, o a través de correo postal, si el contribuyente no tiene facilidad para venir en persona.
- Telemáticamente, mediante la sede electrónica o la carpeta ciudadana del ayuntamiento. Las personas jurídicas tienen la obligación de realizar todos los trámites telemáticamente.
2.Ingressar el importe del recibo con la bonificación aplicada dentro de los plazos que le marque la notificación de la liquidación o, en caso negativo, antes de la finalización del período voluntario de cobro en las oficinas de Recaudación con efectivo o mediante transferencia bancaria en la cuenta del ayuntamiento

Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración: seis meses según Arte.104.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Tarifas aplicables:
Respuesta al ciudadano: Mediante notificación
Marco legal: Ordenanza municipal 3.4 reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio
Observaciones:


 
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