Solicitud de licencia de primera ocupación

Tramitar

Objeto del trámite: Solicitar la pertinente licencia de primera ocupación una vez finalizada ejecución de las obras, de acuerdo con el artículo 146 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares
Ámbito de responsabilidad: Área de Urbanismo
Quién lo puede solicitar: Cualquier persona física o jurídica promotora de la obra o la persona que las represente debidamente autorizada.
Requisitos a cumplir: Presentar la solicitud normalizada con el pago de la tasa urbanística, aportando la documentación requerida
Documentación a presentar: Instancia indicando el número de expediente de la licencia de obras
Acreditar la representación mediante cualquier medio válido en derecho. Disponen del formulario a la página web municipal
Certificado de final de obra y habitabilidad expedido por el Arquitecto o técnico Director de la obra visado por el Colegio Oficial correspondiente.
Justificando del registro la declaración catastral de las obras realizadas (modelo 900D).
Libro de uso y mantenimiento del edificio (arte. 10 del Decreto 35/2001, de 9 de marzo, por el cual se establecen medidas reguladoras del uso y mantenimiento de los edificios).
Certificado del correcto tratamiento de los residuos de construcción y demolición generados a la obra, expedido por el centro gestor correspondiente.
Justificando del registro del certificado de eficiencia energética, en los supuestos en los cuales sea exigible de acuerdo con el que dispone el artículo 2 del RD 235/2013, de 5 de abril, por el cual se aprueba el procedimiento básico de la certificación de la eficiencia energética de los edificios, modificado por el R.D. 564/2017, de 2 de junio. (arte. 35 de la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y transición energética).
Certificado de cumplimiento del programa de control de calidad
Documentación que justifique las modificaciones durante el transcurso de las obras (si procede)
Fotografía actualizada y expresiva de la fachada del edificio objeto de la solicitud, con fecha y firmada por el o por los técnicos firmantes, en la cual quede debidamente descrita su situación o emplazamiento (se remitirá al CIME).

Donde se puede realizar el trámite: Presencial:
Por teléfono (sólo información):
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración: 3 meses (sin perjuicio de la interrupción de plazos en los casos previstos legalmente)
Tarifas aplicables: Tasa del 0,25% del PEM (mínimo 20€)
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: Artículo 146. Actas sujetas a licencia urbanística municipal de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
Sentido del silencio administrativo: No es favorable
Observaciones:


 
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