Solicitud de inscripción a los mercados de la temporada de verano

Tramitar

Objeto del trámite: Solicitud de ocupación de un lugar de venta a los mercados de verano de Ciutadella de Menorca
Ámbito de responsabilidad: Fires i Mercats
Quién lo puede solicitar: Cualquier persona física o jurídica que reúna los requisitos necesarios.
Requisitos a cumplir: Presentar la solicitud normalizada aportando la documentación requerida.
Documentación a presentar: Los nuevos peticionarios adjuntarán la siguiente documentación:

- Una fotografía de los productos de la parada.
- La documentación necesaria para la valoración de la solicitud según los criterios de adjudicación establecidos.
- Fotocopia del NIF/DNI, autorización de residencia y trabajo para nacionales de terceros países.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: OAC – Plaça des Born, 15
Por teléfono (sólo información):
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: www.carpetaciutadana.org

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables: La tarifa por este Mercado es la prevista en la Ordenanza fiscal número 30
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: - Ordenanza reguladora de la venta ambulante
- Ordenanza fiscal número 30
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
Condiciones de participación en estos mercados y normas de aplicación

  • Para todos los mercados

    • Los titulares de las paradas asumirán el compromiso de no utilización de bolsas de plástico desechable.
    • El plazo de presentación de solicitudes será hasta día 15 de marzo, presentando la solicitud para la concesión de la autorización por cualquier de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.
    • Las personas peticionarias nuevas tienen que presentar, además, la documentación siguiente:
      • Una fotografía de los productos de la parada.
      • DNI/NIF, autorización de residencia y trabajo para nacionales de terceros países.
      • Documentación necesaria para la valoración de la solicitud según los criterios de adjudicación establecidos.
    • En caso de nueva solicitud, si la persona solicitante quiere optar a participar en más de un mercado, deberà hacer una solicitud para cada uno de los mercados.
    • Tal como se estipula a la disposición transitoria de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, las autorizaciones concedidas antes de la entrada en vigor de esta ordenanza, bien sea de forma exprés o bien de forma tácita con la concesión de autorización para ocupación de vía pública para parada de Mercado, así como las listas de suplentes, serán renovadas y conservarán la validez durante el plazo de vigencia que reste para cumplir, siempre que lo soliciten y cumplan las condiciones establecidas por cada uno de los mercados.

  • Mercado de Costa Marina

    • El Mercado de Costa Marina tendrá lugar de lunes a sábado entre el día 1 de junio y el 30 de septiembre en la calle Portal del Mar, con el horario siguiente: de lunes a jueves de 19 a 24 horas, viernes y sábado de 19 a 1 hora.
    • El Mercado de Costa Marina estará compuesto por un máximo de 27 paradas, formadas por mesas desmontables cubiertas por un faldón color crudo y toldos de tela o lona de color crudo, con una ocupación de una superficie de 3x3 m, siendo obligado mantener la uniformidad de todas las paradas.
    • El Ayuntamiento facilitará una toma de corriente para el mercado y cada lugar podrá tener como máximo 300 vatios, con luminarias de bajo consumo
    • El montaje y desmontaje así como la gestión del propio mercado, se realizarán de forma que permita el cumplimiento de la ordenanza municipal “Normas particulares relativas a la protección de la atmósfera ante la contaminación por ruidos y vibraciones”.
    • Los productos que se podrán comercializar en este mercado serán productos artesanos, productos que incentiven y apoyen al arte y la cultura, a los oficios tradicionales, serán de producción propia, y por tanto no se permitirá la reventa ni los productos de alimentación.
    • Los criterios de selección para las nuevas solicitudes, además del requisito de justificar la producción propia de los productos dispuestos para la venta, serán los establecidos para el Mercado de Costa Marina en el artículo 4.4 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, y que son los siguientes:
      • Disponer de carta de artesano o maestro artesano (1 punto).
      • Experiencia en la venta ambulante (0,25 puntos por año, hasta un máximo de 3 puntos).
      • Producto producido en Menorca o producto local (1 punto)
      • Productos innovadores no existentes en las autorizaciones registradas el último año en el mercado de referencia y no haya cabe otro lugar de venta (1 punto)
      • Criterio de diversidad y calidad de la producción: cada uno de los oficios no superará más de 4 lugares de venta; se valorará la creación, la calidad y la innovación de los productos.
      • En caso de posibles empates se atenderá a la orden de registro de entrada.
    • La tarifa por este Mercado es la prevista en el punto 7.3.3 de la Ordenanza fiscal número 30 y que se fija en 5,93 euros por parada y día, y valorando un cómputo de 26 días de mercado en el mes, el recibo mensual será de 154,18 euros

  • Mercado de Capllonc

    • El Mercado de Capllonc tendrá lugar diariamente de día 1 de junio y el 30 de septiembre, ubicándose el 2024 en la calle Pere Capllonc o espacio portuario disponible de acuerdo con el artículo 10.5 de la Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante en el municipio de Ciutadella de Menorca, con el horario siguiente: de lunes a jueves de 19 a 24 horas, y de viernes a domingo de 18 a 1 hora.
    • El Mercado estará compuesto por un máximo de 16 paradas, formadas por mesas desmontables con toldos de tela o lona y de color crudo, con una ocupación de una superficie de 2x1 m que tendrán que llevar los mismos vendedores, separadas por 40cm. Los productos que cuelguen de los toldos y los propios toldos no superarán las dimensiones de la parada.
    • El Ayuntamiento facilitará una toma de corriente para el mercado y cada lugar podrá tener como máximo 300 vatios, con luminarias de abajo consume que tendrán que aportar las personas vendedoras. No están permitidos los generadores eléctricos
    • El montaje y desmontaje así como la gestión del propio mercado, se realizarán de forma que permita el cumplimiento de la ordenanza municipal “Normas particulares relativas a la protección de la atmósfera ante la contaminación por ruidos y vibraciones”.
    • Los productos que se podrán comercializar serán los productos artesanales, ornamentales, de pequeño volumen, tejidos y otros similares. No habrá productos alimentarios.
    • Los criterios de selección para las nuevas solicitudes serán los establecidos para el Mercado de Capllonc en el artículo 4.3 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, y que son los siguientes:
      • Experiencia en la venta ambulante (hasta 5 puntos, 1 punto por cada 2 años).
      • Producto producido en Menorca o producto local (2,5 puntos)
      • Productos innovadores no existentes en las autorizaciones registradas el último año en el mercado de referencia y no haya cabe otro lugar de venta (2,5 puntos)
      • En caso de posibles empates se atenderá a la orden de registro de entrada.
    • La tarifa por este Mercado es la prevista en el punto 7.3.2 de la Ordenanza fiscal número 30 y que se fija en 8,70 euros por parada y día, y valorando un cómputo de 30 días de mercado en el mes, el recibo mensual será de 261 euros

  • Mercado Artesanal

    • El Mercado Artesanal tendrá lugar cada lunes, miércoles y viernes entre el día 1 de junio y 30 de septiembre, en la plaza del Borne, con el horario siguiente: de 19 a 24 horas..
    • El Mercado estará compuesto por un máximo de 25 paradas proporcionadas por el Ayuntamiento de Ciutadella, con unas medidas aproximadas de 200x85 cm la mesa y 110x220 cm el toldo que las cubre.
    • Será requisito para participar en este Mercado contar con la carta de artesano o maestro artesano
    • Los productos que se podrán comercializar serán los productos artesanos de producción propia avalados por la carta de artesanía, y no productos alimentarios
    • Los criterios de selección para las nuevas solicitudes serán los establecidos para el Mercado Artesanal en el artículo 4.5 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, y que son los siguientes:
      • Experiencia en la venta ambulante (0,25 puntos por año, hasta un máximo de 3 puntos).
      • Disponer de carta de artesano o de maestro artesano expedida por el Consejo Insular de Menorca o el Gobierno de las Islas Baleares (2 puntos) y de la marca de garantía “Artesanía de Menorca” (1 punto)
      • Criterio de variación y calidad de la producción de acuerdo con los criterios de diversidad; ninguno de los oficios artesanos podrá ocupar más de 6 lugares de venta
      • En caso de posibles empates se atenderá a la orden de registro de entrada.
    • El hecho que este Mercado no se encuentre recogido en la Ordenanza fiscal número 30, reguladora de la ocupación de la vía pública, ha hecho que otros años se hayan aplicado por asimilación tarifes otros mercados señalados a la citada ordenanza fiscal, valorando que la tarifa más adecuada es la prevista en el artículo 7.3.4, correspondiendo al Mercado Agrario, puesto que se trata de un mercado existente actualmente y con unas características totalmente asimilables a las del Mercado Artesanal. Aparte, esta tarifa, tal como se hace al Mercado Agrario, permite cobrar el precio por módulo, y dejar el precio del Mercado Artesanal más ajustado en comparación con otros mercados. Así, el precio para liquidar será de 12,44 euros por día.
      Si se valora que son 12 los días de mercado cada mes, el recibo mensual será de 149,28 euros en verano del 2024, y tal como señala la ordenanza reguladora de la venta ambulante en Ciutadella de Menorca, si un día de mercado no es posible, el día correspondiente se trasladará al día anterior o posterior, con el previo acuerdo con el Ayuntamiento.

  • Mercado de Cala en Bosc

    • El Mercado tendrá lugar diariamente de día 1 de junio y el 30 de septiembre, ubicándose en la urbanización de Cala en Bosc, con el horario siguiente: de 17 a 24 horas.
    • El Mercado estará compuesto por un máximo de 12 paradas, formadas por mesas desmontables con toldos y faldón de tela o lona y de color crudo, con una ocupación de una superficie de 2m; el Ayuntamiento podrá facilitar casetas o carpas a cambio de un depósito económico de garantía.
    • El Ayuntamiento facilitará unatoma de corriente para el mercado y cada lugar podrá tener como máximo 300 vatios, con luminarias de abajo consume que tendrán que aportar las personas vendedoras. No están permitidos los generadores eléctricos
    • Los productos que se podrán comercializar serán los productos ornamentales, artesanos, artísticos. No habrá productos alimentarios.
    • Los criterios de selección para las nuevas solicitudes serán los establecidos para el Mercado de Calan en Bosc en el artículo 4.6 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, y que son los siguientes:
      • Experiencia en la venta ambulante (hasta 5 puntos, 1 punto por cada 2 años).
      • Producto producido en Menorca o producto local (2,5 puntos)
      • Productos innovadores no existentes en las autorizaciones registradas el último año en el mercado de referencia y no haya cabe otro lugar de venta (2,5 puntos)
      • En caso de posibles empates se atenderá a la orden de registro de entrada.
    • La tarifa por este Mercado es la prevista en el punto 7.4 de la Ordenanza fiscal número 30 y que se fija en 4,35 euros por m² y día, y valorando un cómputo de 30 días de mercado en el mes, el recibo mensual será de 261 euros

  • Actividades Artísticas en la Calle

    • Los lugares de venta se autorizarán por su ocupación diaria entre los meses de mayo y septiembre, con el horario siguiente: de 11 a 23 horas.
    • Se autorizarán un total máximo de 5 lugares en la Plaza de la Catedral, con una ocupación de 1 metro cuadrado, y separados entre ellos por una distancia mínima de 1,5 metros.
    • En estos lugares se podrán realizar actividades artísticas y artesanales en directo, y se permitirá la venta de estas mismas manufacturas. No se podrán elaborar ni vender productos alimentarios
    • Los criterios de selección para las nuevas solicitudes serán los establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante al término de Ciutadella de Menorca, y que son los siguientes:
      • Experiencia en el ejercicio de la actividad artística en la calle (hasta 5 puntos, 1 punto por cada año).
      • Calidad artística hasta 5 puntos
      • En caso de posibles empates se atenderá a la orden de registro de entrada.
    • La tarifa por este Mercado es la prevista en el punto 7.4 de la Ordenanza fiscal número 30 y que se fija en 4,35 euros por m² y día




 
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