Informe de arraigo social

Tramitar

Objeto del trámite: Emitir informe justificativo del arraigo social de la persona solicitante. El informe tendrá que tener en cuenta el periodo de permanencia, la posibilidad de contar con vivienda y medios de vida, vínculos con familiares residentes en España, y los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales.
Ámbito de responsabilidad: Atenció social
Quién lo puede solicitar: Personas que se encuentran en una situación administrativa irregular.
Requisitos a cumplir: - Encontrarse en España de forma continuada durante un mínimo de tres años.
- Tener vínculos familiares o acreditar que se encuentra integrado socialmente.

Documentación a presentar:
Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Camí de Maó, 102
Por teléfono (sólo información): 971 48 06 04
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico: auxss3@ajciutadella.org
Otros: Horario: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: El acceso al servicio es libre y gratuito para todas las personas residentes en el municipio, y se tiene que solicitar cita previa con el personal de trabajo social, presencialmente o telefónicamente.
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables:
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: - Ley orgánica 4/2000, sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España y su integración social.
- Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglament de desarrollo de la Ley orgánica 4/2000, sobre los derechos y deberes de los extranjeros en España y su integración social.

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: El informe de arraigo social tiene que ser emitido y notificado a la personas interesadas en un plazo máximo de 30 días desde la solicitud. Simultáneamente y por medios electrónicos, se tiene que remitir el informe a la Oficina de Extranjería.


 
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