Instancia genérica para tributos

Tramitar

Objeto del trámite: Modelo para formular una petición o presentar un recurso relacionado con los tributos municipales.
Ámbito de responsabilidad: Gestión tributaria.
Quién lo puede solicitar: Toda persona interesada al obtener una respuesta de la administración tributaria municipal. Toda persona legitimada para presentar un recurso en materia tributaria.
Requisitos a cumplir: Rellenar los campos con los datos requeridos, presentar las pruebas en que se fundamenta la petición o recurso, adjuntar el IBAN, caso de pedir una devolución, copias de las liquidaciones a las que se hace referencia y otros requisitos previstos a las ordenanzas reguladoras del tributo o que se consideren necesarios y que justifiquen la petición.
Documentación a presentar:
Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Presencial: En la Oficina de atención ciudadana (OAC). Plaza Borne, 15, de 8:30 a 14:00 horas.
Por teléfono (sólo información):
Por correo: A través de las oficinas de Correos
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros: En el registro de entrada de cualquier administración pública habilitada.
Página web: A través de la sede electrónica, con certificado electrónico o pin (web del ayuntamiento: www.ajciutadella.org).

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano: Si se trata de un recurso de reposición, el plazo de presentación es de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción del acto administrativo que se quiere impugnar (arte. 14 del TRLRHL). Si es una solicitud de devolución se tendrá que estar al que disponga cada ordenanza fiscal reguladora del tributo, la Ordenanza General de gestión Tributaria y al que dispone el arte. 66 y ss. de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables: Este trámite es de gestión ordinaria y no comporta el pago de ninguna tasa por gestión.
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: Ordenanza fiscal reguladora del tributo, al término municipal de Ciutadella; RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL); Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT); RD 520/2005, de 13 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento en materia de revisión en vía administrativa, principalmente.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:

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