Cédula de habitabilidad (renovación)

Última modificación: 13/10/2020

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Objeto del trámite: Obtener la cédula de habitabilidad. Este documento tiene una validez de 10 años y lo expide el CIM, de acuerdo con la documentación específica que afecta a las condiciones de medición, higiene e instalaciones para la habitabilidad de las viviendas, locales y residenciales.

La cédula de RENOVACIÓN es para inmuebles que ya disponen de cédula de habitabilidad, y ésta está caducada.

Codi SIA: 2510601
Ámbito de responsabilidad: Departament d'Economia i Territori
Quién lo puede solicitar: - Propietarios, inquilinos o precaristas de una vivienda, local o residencial.
Cuando los propietarios del inmueble para el cual se tramita la solicitud de la cédula actúan a través de representante, la documentación justificativa deberá ser ésta, según los casos.
1 .- Autorización del propietario del inmueble para sus representantes, mediante la presentación de la fotocopia del DNI del propietario y su firma en la solicitud.
2 .- En caso de comunidades de vecinos o comunidades de bienes, la autorización deberá acreditarse mediante la presentación del poder notarial por el que los propietarios autorizan al representante para la tramitación de la cédula.

Requisitos a cumplir: Acreditar la relación de titularidad de propiedad o de titularidad temporal (inquilinos, precaristas) sobre el inmueble objeto de la solicitud.
Presentar la documentación pertinente.
Hay que indicar en el documento de solicitud la referencia catastral de la vivienda o local. Se puede encontrar esta información en el recibo del IBI o en la página web de la Oficina Virtual del Catastro (http://www.sedecatastro.gob.es/)

Documentación a presentar: - Solicitud correctamente rellenada
- Documentación acreditativa de la titularidad (escritura, contrato censal, nota registral). En aquellas solicitudes de renovación, siempre que el propietario no haya cambiado, será suficiente que se indique en la solicitud y no tendrá que volver a presentar la escritura o nota registral
- Certificado de habitabilidad expedido por un arquitecto, arquitecto técnico o técnico competente
- Cédula anterior
- Fotografía actualizada y expresiva del objeto de la solicitud, fechada y firmada por el o los técnicos certificantes, en la que quede debidamente descrita su situación o emplazamiento. No se admiten imágenes extraídas de plataformas o herramientas online, dado que se entiende que no han sido realizadas por el firmante y que no son fotografías actualizadas
- Documento de pago de la tasa (ejemplares correspondientes a la Tesorería y al Servicio del CIM)

Documentación adicional.
- En caso de inmuebles sitos en SUELO RÚSTICO, plano de emplazamiento con indicación de los datos catastrales (polígono, parcela) necesarias para su localización, firmada por los técnicos implicados
- En caso de ALOJAMIENTOS turísticos, autorización previa de apertura del Departamento de Turismo del CIM
Para VIVIENDAS situados en una parcela con diferentes inmuebles (excepto para bloques de pisos):
- Plano de emplazamiento del inmueble dentro de la parcela (es suficiente identificar el inmueble en base al plano catastral)

Certificado colegial actualizado relativo al técnico redactor del certificado de habitabilidad, en aquellos casos en que la presentación de dicho certificado se haga según el RD 1000/2010, sobre el visado colegiado obligatorio (BOE núm. 190 de día 6 de agosto de 2010)

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella
Por teléfono (sólo información): 971 356050
Por correo: Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información): 971 368216
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: 1. Obtener la información necesaria sobre la documentación que tiene que adjuntar a la solicitud
2. Realizar el pago de la tasa
3. Presentar la solicitud y la documentación al SAC

Plazos de ciudadano: Puede solicitarse en cualquier momento
Plazos de la administración: Máximo 2 meses
Tarifas aplicables: - Viviendas: 25,24 €
- Locales: 33,66 €
- Edificios residenciales: 8,41 € (por plaza)

Respuesta al ciudadano: Presencialmente, o por correo postal, si se solicita
Marco legal: - Decreto 145/1997, de 21 de noviembre de 1997, mediante el cual se regulan las condiciones de medición, higiene e instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas, así como la expedición de cédulas de habitabilidad
- Decreto 100/2001, de 13 de julio, de medidas de adecuación de determinados procedimientos administrativos de competencia de la CAIB relativas al sentido del silencio y a los plazos máximos para dictar y notificar resolución.
- Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividades de las Islas Baleares

Sentido del silencio administrativo: Estimatorio
Observaciones: INDICAR EN EL DOCUMENTO DE SOLICITUD LA REFERENCIA CATASTRAL DE LA VIVIENDA O LOCAL, QUE SE PUEDE ENCONTRAR EN EL RECIBO DEL IBI O EN LA PÁGINA WEB DE LA OFICINA VIRTUAL DEL CATASTRO (http://www.sedecatastro.gob.es/)


 
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