Licencias de segregación (más de un municipio)

Última modificación: 23/05/2022

Tramitar. Presentar altra documentació

Objeto del trámite: Obtener la licencia urbanística cuando la actuación a realizar se ubique en una finca situada en dos o más municipios según el artículo 150 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

Ámbito de responsabilidad: Departament d'economia i territori
Quién lo puede solicitar: Toda persona interesada.
Requisitos a cumplir: Presentar la documentación pertinente.
Documentación a presentar: -Instancia solicitando la licencia.
-Proyecto técnico (incluye la memoria urbanística art. 152 de la LUIB y las especificidades de cada planeamiento).
-Documentación registral correspondiente a la parcela (para acreditar la superficie)
-Autoliquidación de las tasas correspondientes (*)

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella.
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó.
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: 1. Presentar la documentación relacionada anteriormente, en el SAC o ayuntamiento.
2. Presentar otra documentación subsanando las deficiencias que se le indiquen, en caso de que la presentada inicialmente no se considere suficiente para resolver el expediente, al SAC o ayuntamiento.

Plazos de ciudadano: ---
Plazos de la administración: 3 meses.
Tarifas aplicables: Ver observaciones.
Respuesta al ciudadano: Correo certificado o telemático
Marco legal: - Ley 9/1990, de 24 de junio, de atribuciones de competencias a los consejos insulares en materia de urbanismo y habitabilidad.
- Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias en materia de ordenación del territorio.
- Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
- Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
- Decreto ley 9/2020, de 25 de mayo, de medidas urgentes de protección del territorio de las Islas Baleares
- Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias - Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares
- Plan territorial insular y Norma territorial transitoria.
- Plan general de ordenación urbana, el que corresponda.
- Otra normativa aplicable según sea el caso.

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: Tarifas aplicables:
- Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO) de acuerdo con las ordenanzas fiscales municipales correspondientes.
- Tasa por licencia urbanística. La cuantía de la tasa está fijada en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos:
* Otorgamiento de toda clase de licencias, o permisos que sean competencia del Consejo y que no estén gravados por otra tasa o precio público 3,01 €.
* Informes urbanísticos para particulares que necesiten la intervención de los técnicos del Consejo, por cada uno de 30,05 €.



 
© Consell Insular de Menorca - Pl. Biosfera, 5 - 07703 MAÓ