Ayudas a las familias para el fomento de la educación no formal (3-17 años)

Trámite fuera de plazo
Última modificación: 10/08/2024

Presentar altra documentació

Objeto del trámite: El objeto de estas bases es la concesión de ayudas a los padres/tutores de los niños y jóvenes menores de edad, para facilitarles el acceso a la práctica de actividades deportivas, culturales o artísticas en el marco de una formación integral en valores sociales y educativos, tal y como prevé el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular para el año en curso.

Ámbito de responsabilidad: Cultura, Educació, Joventut i Esports
Quién lo puede solicitar: Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas con hijos e hijas de entre 3 y 17 años, ambos inclusive, que realicen actividades de educación no formal en Menorca durante el curso 2023-2024.

Requisitos a cumplir: Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca.
b) Tener la consideración de unidad familiar para tener a su cargo en calidad de padre, madre o tutor o un vínculo de acogida permanente a niños o jóvenes de entre 3 a 17 años que participen en actividades extraescolares de tipo deportivo, formativo o similar durante el curso escolar 2023/2024, y que sean convivientes en el mismo domicilio. Están incluidas las familias monoparentales con sólo un hijo o hija, dado que el artículo 5.2 b de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, establece que las monoparentales son una de las familias con mayor necesidad de protección.
En el caso de personas convivientes con un vínculo matrimonial o de unión estable de pareja o personas separadas legalmente o de hecho sólo podrá solicitar la subvención uno de los dos progenitores.
c) Haber obtenido durante el ejercicio 2023 unos ingresos brutos anuales que, conjuntamente, no superen los umbrales indicados en la convocatoria.

Documentación a presentar: Las solicitudes deben formalizarse mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo 1 de estas bases, el cual se facilitará en la sede del Consejo Insular de Menorca en Maó y en las oficinas administrativas de Ciutadella y que también se puede descargar en la sede electrónica del CIM. El período por presentación de solicitudes se especificará en la correspondiente convocatoria. A la solicitud, se adjuntará la siguiente documentación:

A) Documentación administrativa general:

a) Copia del documento de identificación fiscal (NIF/DNI/NIE), tan sólo en caso de que se oponga a su consulta por parte del CIM.
b) Acreditación de la representación si la solicitud se presenta en nombre de otro. (Anexo IV).
c) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003) y en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y demás leyes que resulten de aplicación (Anexo I).
d) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas para realizar la misma actividad (Anexo I).
e) Documento de designación de cuenta bancaria según modelo facilitado por el Consejo Insular de Menorca, salvo que ya consten en la Tesorería General del CIM, lo que debe hacerse constar expresamente en la solicitud. (Anexo II).
f) En caso de no autorizar al Consejo Insular de Menorca a comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y el 95.1 letra K de la Ley 58/2003, General Tributaría, la persona interesada deberá aportar un certificado donde conste que está al corriente de las obligaciones tributarias; con la Seguridad Social frente a la Administración del Estado (Anexo III).
Se exime de presentar la documentación a que se refieren los apartados a), b) y e) en caso de que ésta ya conste en los archivos del Consell Insular. En este caso debe hacerse constar expresamente en la solicitud.

B) Documentación específica requerida para la concesión de las ayudas

a) Declaración responsable relativa a la relación de parentesco o análoga que le une con el resto de convivientes, incluida en la solicitud (anexo 1).
b) Certificado de convivencia, en caso de que la persona solicitante esté empadronada en un municipio que no dispone de convenio para su comprobación telemática o que no autorice su consulta.
c) Certificados de ingresos del solicitante (en caso de que no se autorice la consulta en el anexo 1) y de su unidad familiar (en caso de que no se autorice la consulta en el anexo III), del año fiscal 2023 o certificado de imputación de rentas en caso de no estar obligados a presentar la declaración de la renta.
d) Justificantes de la matrícula de la actividad de educación no formal y de su pago.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: -
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: www.cime.es

Qué ha de pedir el ciudadano: -
Plazos de ciudadano: Hasta el 30 de septiembre de2024.
Plazos de la administración: -
Tarifas aplicables: -
Respuesta al ciudadano: -
Marco legal: Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: Recomendamos presentar la solicitud de ayuda de forma electrónica desde la web del Consejo Insular de Menorca con el pin ciudadano, CL@VE o el certificado electrónico. También puede presentarse de forma presencial.



 
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