Ayudas para la mejora de la eficiencia energética de las viviendas para paliar la pobreza energética

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Objeto del trámite: El Programa de ayudas para la mejora de la eficiencia energética de las viviendas para paliar la pobreza energética tiene como objetivo la mejora táctica de las viviendas construidas de forma deficiente y en los que viven personas con un umbral de renta que no les permite pagar el recibo de la luz o que disfrutan del bono social, así como personas que no llegan a calentar o enfriar la vivienda para conseguir un confort térmico adecuado. En definitiva, el Programa se dirige a todas aquellas personas y familias que se encuentran en situación de pobreza energética, entendida como la situación en la que un hogar es incapaz de pagar la cantidad de energía suficiente para satisfacer sus necesidades domésticas o cuando se destina una parte excesiva de sus ingresos a pagar la factura energética del hogar, y que se traduce en un impacto sobre el bienestar de sus ocupantes, como la falta de confort térmico, la reducción de la renta disponible para otros bienes y servicios, malas condiciones de habitabilidad, riesgo de impago y desconexión. Esta situación produce una desigualdad energética que afecta las condiciones de vida de quien las padece y las tres causas fundamentales que generan esta situación son los bajos ingresos familiares, la calidad insuficiente de la vivienda y los elevados precios de la energía. El confort térmico se puede definir como la sensación que expresa el grado de satisfacción de los usuarios de un edificio en relación con el ambiente térmico que se da en su interior. Este depende de los parámetros externos, la temperatura del viento, su velocidad y la humedad relativa, y hay otros parámetros internos como la actividad física desarrollada, la ropa o el metabolismo de cada persona. Con el fin de alcanzar una sensación de confort, el balance global de pérdidas y ganancias de calor debe ser nulo, conservando así nuestra temperatura normal, hay que decir que esta se consigue con el confort térmico. Este programa tiene una doble vertiente, por una parte se dirige tanto a personas que tienen una vivienda en propiedad como las que se encuentran en régimen de alquiler, y en ambos tipos de viviendas se quieren aplicar mejoras tácticas aunque con un grado de incidencia diferente, pero no por ello menos importante, para mejorar la vida y el día a día dentro de la vivienda y, por otra parte, disminuir la factura energética, ya sea porque se han implementado mejoras que lo provoquen o porque el consumo se ha podido ajustar a las necesidades reales. Las mejoras tácticas de la vivienda son intervenciones puntuales y superficiales que no requieren licencia ni personal especializado (en el apartado 5 de este programa se especifica a que se pueden destinar estas ayudas).

Ámbito de responsabilidad: Ocupació, Habitatge i Cooperació Local
Quién lo puede solicitar: Hay dos líneas de ayudas según si la persona a la que va dirigida es arrendataria (línea 1) o es propietaria de la vivienda donde vive (línea 2), y este factor repercute en el tipo de intervención sobre la vivienda que se puede subvencionar.

Línea 1: Ayudas dirigidos a personas inquilinas que se encuentran en situación de pobreza energética. Esta ayuda se puede destinar a todas aquellas mejoras que tengan un carácter reversible, de forma que si el perceptor de la ayuda deja de ser el inquilino de la vivienda donde se han realizado estas mejoras las pueda trasladar a la nueva vivienda, como ahora:
• Compra de electrodomésticos de alta eficiencia y bajo consumo energético
• Soluciones de bajo coste y sin incidencia espacial ni material sobre la vivienda, según estudio realizado por personal especializado:
• Actuación sobre paramentos verticales: aislante reflectante contiguo radiador, tapiz de lana, actuaciones reversibles para incidir sobre mejoras térmicas, anticondensación, antihumedad, etc.
• Actuación sobre acristalamientos y carpintería: láminas de control solar, ribetes, aislante para caja de persiana, cortinas especiales, etc.
• Actuaciones para protección solar: persiana de cadeneta
• Actuaciones sobre el suelo: estera • Actuaciones sobre la iluminación: cambio de bombillas

Línea 2: Ayudas dirigidos a personas propietarias que se encuentran en situación de pobreza energética. Esta ayuda puede ir destinado a:
• Compra de electrodomésticos de alta eficiencia y bajo consumo energético
• Soluciones de bajo coste y que pueden tener incidencia espacial y material sobre la vivienda pero que en ningún caso hace falta licencia de obras, según estudio realizado por personal especializado:
• Actuación sobre paramentos verticales: trasdosados ??de diferentes características, aislante reflectante contiguo radiador, tapiz de lana, revestimientos continuos con pintura con características térmicas, anticondensación, etc.
• Actuación sobre acristalamientos y carpintería: sustitución de carpintería, sustitución del acristalamiento, láminas de control solar, ribetes, aislante para caja de persiana, cortinas especiales, etc.
• Actuaciones para protección solar: toldos, contraventana, persiana de cadeneta, etc.
• Actuación sobre los techos: trasdosado de diferentes materiales, pintura térmica sobre el tejado • Actuaciones sobre el suelo: tarima flotante, alfombras ...
• Actuaciones sobre la iluminación: cambio de bombillas Cada vivienda para el que se solicite la ayuda para cualquiera de las dos líneas posibles sólo podrá recibir una de las dos, a solicitud del inquilino o del propietario.

Requisitos a cumplir: Ver la base 6 de la convocatoria.
Documentación a presentar: 9.1 Documentación general
a) Solicitud
b) Documento de identificación fiscal del solicitante (DNI o CIF).
c) Acreditación de la representación si la solicitud se presenta en nombre de otro y NIF del representante.
d) Documento de designación de cuenta bancaria de la persona física o de la entidad solicitante.
e) Certificado de empadronamiento y certificado de convivencia, emitido por el ayuntamiento correspondiente, de todas las personas que conviven en el domicilio familiar, actualizado en el plazo de presentación de solicitudes establecido por la convocatoria, en el que conste una antigüedad mínima de un año.
f) Certificado emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria relativo a la última declaración del IRPF presentada o documento en el que conste que está exento de presentarla.
g) Documentación acreditativa de los ingresos económicos de la unidad familiar de los últimos seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
h) Documentación acreditativa de que se dispone del bono social al 25% o al 40% o de haber solicitado en los últimos 6 meses una ayuda de emergencia para el pago de la factura de la luz o del agua a los SSCB del ayuntamiento de referencia, a Cáritas oa Cruz Roja.
i) Junto con la solicitud, los interesados ??siempre pueden aportar cualquier documento adicional a los exigidos que consideren conveniente en relación con el procedimiento de concesión.

9.2 Documentación específica para la línea 1
j) Contrato del alquiler de la vivienda.

9.3 Documentación específica para la línea 2
k) Nota registral informativa del Registro de la Propiedad con una antigüedad máxima de un mes.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó i Ciutadella
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: Plaça Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: www.cime.es

Qué ha de pedir el ciudadano: -
Plazos de ciudadano: Hasta el 30 de junio de 2021
Plazos de la administración: -
Tarifas aplicables: Se trata deun trámite gratuito
Respuesta al ciudadano: -
Marco legal: Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:


 
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