Trámite fuera de plazo
Última modificación:
08/12/2020
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
El objeto de las ayudas es financiar la redacción, modificación o revisión del plan de voluntariado por entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Menorca que cumplan actividades de interés general y hayan decidido que la participación voluntaria de la ciudadanía es un valor imprescindible para lograr su misión, y que cumplan los requisitos que contempla la ley.
Ámbito de responsabilidad:
Ocupació, Habitatge i Cooperació Local
Quién lo puede solicitar:
Es objeto de subvención la redacción, modificación o revisión del plan de voluntariado. Esta ayuda va destinado tanto a entidades que no tengan Plan de Voluntariado como aquellas que ya tienen.
La redacción del plan de voluntariado tendrá que ser un proceso participativo entre la entidad, las personas asociadas y las personas voluntarias.
Quedan excluidos del procedimiento de concesión de las ayudas establecidas en estas bases las actuaciones llevadas a cabo a entidades de titularidad pública o privada, que sean gestionados por personas, empresas o entidades que tengan ánimo de lucro, y las que se lleven a cabo fuera del ámbito insular.
La redacción, modificación o revisión de los planos objeto de la ayuda a la presente convocatoria tendrán que realizarse en su totalidad en el plazo establecido en estas bases.
Requisitos a cumplir:
Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Menorca que cumplan actividades de interés general y hayan decidido que la participación voluntaria de la ciudadanía es un valor imprescindible para lograr su misión, y que
cumplan los requisitos siguientes:
a) Estar legalmente constituidas, con un mínimo de 12 meses a contar desde la publicación de la convocatoria que acompaña las presentes bases, e inscritas en los registros correspondientes de acuerdo con la normativa establecida.
b) Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener.
c) Desarrollar una parte o todas sus actuaciones mediante actividades de voluntariado.
d) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en el caso de tener excepción, presentarla.
e) Tienen que actuar dentro del ámbito territorial de Menorca. En el supuesto de que su ámbito de actuación sea más amplio, se tiene que justificar todo de acuerdo con el qué consta en su punto 2.1 de la base séptima.
f) Las diferentes delegaciones, legalmente constituidas, de una misma entidad privada sin ánimo de lucro se pueden presentar a esta convocatoria si presentan programas específicos diferenciados que gestionen de forma autónoma cada una de ellas, siempre que no actúen sobre un mismo municipio.
g) Encontrarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consejo Insular de Menorca, en el momento de presentar la solicitud de subvención.
h) No estar integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consejo Insular de Menorca, o el patrimonio fundacional de la cual, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración insular.
i) No haber estado nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las entidades en que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.
En estos momentos la Dirección General de Participación y Voluntariado del Gobierno de las Islas Baleares, ha iniciado la primera fase de la actuación para la creación del Censo de entidades de voluntariado, consistente en el diseño de los contenidos de información que tendrá que contener el este. Posteriormente se seguirá con la implementación mediante una herramienta tecnológica. El proceso finalizará con la parte normativa, en la cual una Orden de la Consejera de Administraciones Públicas y Modernización dará amparo jurídico al nuevo instrumento.
Por lo tanto, el artículo 27 de la Ley 11/2019, de 8 de marzo, de voluntariado de las Islas Baleares, que prevé como requisito en los artículos 4b) y 14 de esta misma ley, estar inscritos al censo, no será de aplicación mientras no se haya creado este instrumento
Documentación a presentar:
2.1. Documentación necesaria.
Documentación administrativa:
a) Nombre y apellidos de la persona que solicita la ayuda en representación de la entidad: Cargo que ocupa dentro de la entidad. Fotocopia del DNI (salvo que ya conste a los archivos del CIM y no esté caducado, en este caso se tendría que hacer constar expresamente). Dirección de contacto.
b) Si el solicitante es persona jurídica, copia de la escritura de constitución o modificación, de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en el registro que corresponda. Si fuera necesario en conformidad con sus estatutos tienen que aportar certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda y para designar representante.
c) Si es una agrupación de personas físicas o jurídicas, una comunidad de bienes u otra agrupación económica sin personalidad jurídica, tienen que firmar la solicitud todas las personas que la integran y adjuntar la copia de los DNI (en el caso de personas físicas) y/o la documentación acreditativa de la personalidad jurídica de cada uno de los integrantes. Así mismo, tienen que designar un único representante y un único domicilio para notificaciones.
d) Acreditación de la representación si la solicitud se presenta en nombre de otro, copia del DNI del representante legal de la entidad.
e) Copia del documento de identificación fiscal del solicitante (NIF).
f) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar sometido a ninguno de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE n.º 276 de 18 de noviembre de 2003), el modelo de la cual se adjunta como anexo II de estas bases.
g) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y/o solicitadas otras instituciones públicas o privadas para realizar la misma actividad, el modelo de la cual se adjunta como anexo III de estas bases.
h) Documento de designación de cuenta bancaria de la entidad o de su representante según modelo facilitado por el Consejo Insular de Menorca, salvo que ya consten a la Tesorería General del CIM, cosa que se tiene que hacer constar expresamente. Se adjunta como anexo IV de estas bases.
i) Declaración responsable que la entidad no realiza ninguna actividad económica, si procede. Se adjunta como anexo V de estas bases.
j) Declaración responsable del hecho de no haber estado nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (anexo V).
k) Declaración responsable del hecho de no haber estado objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias en los últimos tres años por faltas muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en conformidad con el artículo 13 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en la orden social. (anexo V).
l) Declaración responsable del hecho que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la tesorería general de la seguridad social y de la agencia estatal de la administración tributaria (anexo V).
Se exime de presentar la documentación a que hacen referencia los apartados a), b), d), e) y h), en el supuesto de que esta ya conste en los archivos del Consejo Insular. En este caso se tiene que hacer constar expresamente en la solicitud.
Documentación específica:
a) Memoria de actividades de la entidad 2019-2020, o en caso de que no se hayan realizado actividades durante 2019-2020, una Memoria del último año de actividades de la entidad, así como una descripción complementaría del trabajo que realizan.
b) Justificación en caso de que el ámbito de actuación sea más amplio que el insular. Se tiene que demostrar y justificar la repercusión y la incidencia de su acción dentro del ámbito menorquín o se tiene que presentar un programa específico para Menorca
c) Mínima propuesta para la redacción, modificación o revisión del Plan de Voluntariado de la entidad.
d) Presupuesto desglosado que se estima necesario para la redacción, modificación o revisión del Plan de Voluntariado de la entidad que pide la ayuda.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó i Ciutadella
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
Plaça Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
-
Plazos de ciudadano:
Hasta el 28 de febrero de 2021
Plazos de la administración:
-
Tarifas aplicables:
Se trata deun trámite gratuito
Respuesta al ciudadano:
-
Marco legal:
Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: