Cédula de habitabilidad (primera ocupación)

Última modificación: 17/06/2024

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Objeto del trámite: SOLO CUANDO LA LICENCIA MUNICIPAL DE PRIMER EMPLEO O DE PRIMERA UTILIZACIÓN ES ANTERIOR AL DÍA 29 DE MAYO DE 2024. Cuando la licencia de primera ocupación es posterior a esa fecha, el mismo documento sustituye a la cédula de habitabilidad de acuerdo con el artículo 53 del Decreto ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Baleares.


Obtener la cédula de habitabilidad. Este documento tiene una validez de 10 años y lo expide el CIM, de acuerdo con la documentación específica que afecta a las condiciones de medición, higiene e instalaciones para la habitabilidad de las viviendas, locales y residenciales.

La cédula de PRIMERA OCUPACIÓN es para inmuebles de nueva construcción o que hayan sido objeto de obras que impliquen la obtención de la licencia municipal de obras mayores.

Codi SIA: 2510601
Ámbito de responsabilidad: Departament d'Economia i Territori
Quién lo puede solicitar: - Propietarios, inquilinos o precaristas de una vivienda, local o residencial.
Cuando los propietarios del inmueble para el cual se tramita la solicitud de la cédula actúan a través de representante, la documentación justificativa deberá ser ésta, según los casos.
1 .- Autorización del propietario del inmueble para sus representantes, mediante la presentación de la fotocopia del DNI del propietario y su firma en la solicitud.
2 .- En caso de comunidades de vecinos o comunidades de bienes, la autorización deberá acreditarse mediante la presentación del poder notarial por el que los propietarios autorizan al representante para la tramitación de la cédula.

Requisitos a cumplir: Acreditar la relación de titularidad de propiedad o de titularidad temporal (inquilinos, precaristas) sobre el inmueble objeto de la solicitud.
Presentar la documentación pertinente.
Hay que indicar en el documento de solicitud la referencia catastral de la vivienda o local. Se puede encontrar esta información en el recibo del IBI o en la página web de la Oficina Virtual del Catastro (http://www.sedecatastro.gob.es/)

Documentación a presentar: - Solicitud correctamente rellenada.
- Documentación acreditativa de la titularidad (escritura, contrato censal, nota registral).
- Licencia municipal de obras
- Certificado municipal de final de obra y primera ocupación
- Certificado final de obra y de habitabilidad expedido por la dirección facultativa de la obra, visado por el respectivo colegio profesional
- Fotografía actualizada y expresiva del objeto de la solicitud, fechada y firmada por el o los técnicos certificantes, en la que quede debidamente descrita su situación o emplazamiento. No se admiten imágenes extraídas de plataformas o herramientas online, dado que se entiende que no han sido realizadas por el firmante y que no son fotografías actualizadas
- Documento de pago de la tasa (ejemplares correspondientes a la Tesorería y al Servicio del CIM).

Documentación adicional.
- En caso de inmuebles sitos en SUELO RÚSTICO, plano de emplazamiento con indicación de los datos catastrales (polígono, parcela) necesarias para su localización, firmada por los técnicos implicados.
- En caso de LOCALES CON USO DETERMINADO, ficha técnica del proyecto de actividades, donde conste el uso y el número concreto de plazas; o ficha-resumen abreviada sin necesidad de redacción del proyecto de actividades, según sea el caso
- En caso de ALOJAMIENTOS turísticos, autorización previa de apertura del Departamento de Turismo del CIM

Certificado colegial actualizado relativo al técnico redactor del certificado de habitabilidad, en aquellos casos en que la presentación de dicho certificado se haga según el RD 1000/2010, sobre el visado colegiado obligatorio (BOE núm. 190 de día 6 de agosto de 2010).

PRIMERA OCUPACIÓN DE LOCALES (PARA LICENCIAS ANTERIORES AL 16-4-2019).
- Cuando se trata de locales independientes de más de 150 m2 y capacidad para más de cinco vehículos, siempre hará falta el proyecto de actividades
- Cuando se trata de locales de hasta 150 m2 y menos de cinco vehículos, si el permiso de obras es posterior al 17 de abril de 2007, es necesaria la presentación de la ficha-resumen
- Cuando se trata de locales de hasta 150 m2 y menos de cinco vehículos, si el permiso de obras es anterior al 17 de abril de 2007, no es necesaria la presentación de la ficha-resumen

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella
Por teléfono (sólo información): 971 356050
Por correo: Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información): 971 368216
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: 1. Obtener la información necesaria sobre la documentación que tiene que adjuntar a la solicitud
2. Realizar el pago de la tasa
3. Presentar la solicitud y la documentación al SAC

Plazos de ciudadano: Puede solicitarse en cualquier momento
Plazos de la administración: Máximo 2 meses
Tarifas aplicables: - Viviendas: 25,24 €
- Locales: 33,66 €
- Edificios residenciales: 8,41 € (por plaza)

Respuesta al ciudadano: Presencialmente, o por correo postal, si se solicita
Marco legal: - Decreto 145/1997, de 21 de noviembre de 1997, mediante el cual se regulan las condiciones de medición, higiene e instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas, así como la expedición de cédulas de habitabilidad
- Decreto 100/2001, de 13 de julio, de medidas de adecuación de determinados procedimientos administrativos de competencia de la CAIB relativas al sentido del silencio y a los plazos máximos para dictar y notificar resolución.
- Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividades de las Islas Baleares

Sentido del silencio administrativo: Estimatorio
Observaciones: INDICAR EN EL DOCUMENTO DE SOLICITUD LA REFERENCIA CATASTRAL DE LA VIVIENDA O LOCAL, QUE SE PUEDE ENCONTRAR EN EL RECIBO DEL IBI O EN LA PÁGINA WEB DE LA OFICINA VIRTUAL DEL CATASTRO (http://www.sedecatastro.gob.es/)


 
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