Última modificación:
09/03/2018
Tramitar.
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
Se trata de la inscripción enel Registro Insular de Perros de Asistencia.
Ámbito de responsabilidad:
Benestar Social
Quién lo puede solicitar:
Cualquier ciudadano interesado que tenga un perro de asistencia.
Requisitos a cumplir:
Los que señale la normativa.
Documentación a presentar:
-DNI o NIE de la persona solicitante y, en su caso, de la persona usuaria.
-Dos fotografías en color de la persona usuaria de cuerpo entero con el perro de asistencia, de dimensiones recomendables de 10cm x 15 cm, preferiblemente en formato digital.
-Certificado del centro de adiestramiento que acredite que:
- El perro ha sido adiestrado para las finalidades específicas y adecuadas a la discapacidad o enfermedad, oficialmente reconocida, de la persona usuaria a la que debe asistir.
- El centro ha entregado el perro a la persona usuaria para que lo utilice con la finalidad de paliar los efectos de su discapacidad o enfermedad
* El certificado no será necesario en caso de ser perro guía de la ONCE.
-Acreditación de persona usuaria de perro guía de la ONCE, en su caso.
-Documentación oficial que acredite que el perro está identificado mediante un microchip y que está inscrito en el Registro de identificación de animales de compañía de las Islas Baleares o en cualquier otro registro oficial.
-Pasaporte veterinario o documento oficial que lo sustituya.
-Certificación veterinaria que acredite el cumplimiento de las condiciones higiénicas y sanitarias que establece el artículo 15 de la Ley 1/2014 (anexo 1).
-Documento que acredite la suscripción y vigencia de una póliza de seguro de responsabilidad civil para prevenir posibles daños a terceras personas causados por el perro de asistencia (mínimo cobertura 150.000€).
-Documento oficial que acredite la discapacidad de la persona usuaria.
* No será necesario en caso de ser perro guía de la ONCE.
Certificado de empadronamiento.
* En caso de no aportar el DNI, el documento oficial de discapacidad y el certificado de empadronamiento deberá firmarse la siguiente autorización.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
-
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
-
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
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Plazos de ciudadano:
-
Plazos de la administración:
-
Tarifas aplicables:
Es un trámite gratuito.
Respuesta al ciudadano:
-
Marco legal:
-Acuerdo de Pleno de creación del registro de perros de asistencia (BOIB núm. 3 de 6 de enero de 2018)
-Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.
-Decreto 73/2016, de 23 de diciembre (BOIB núm. 161, de 24 de diciembre), sobre los centros de adiestramiento de perros de asistencia y los principios generales del procedimiento para el reconocimiento de los perros de asistencia.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: