Ayudas a entidades que trabajan con variedades autòctonas vegetales

Trámite fuera de plazo
Última modificación: 04/03/2019

Presentar altra documentació

Objeto del trámite: El objeto de estas ayudas es participar en los gastos de las entidades que trabajan con variedades autóctonas vegetales para la realización de actividades y proyectos destinados a su mantenimiento, recuperación y difusión.

Codi SIA: 2896623
Ámbito de responsabilidad: Ocupació, Projecció Econòmica, Joventut i Esports
Quién lo puede solicitar: 1. Podrán solicitar la subvención las entidades de ámbito agrario y social, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y que tengan domicilio social y ámbito de actuación en el territorio de Menorca.

2. En este sentido, quedarán excluidas de este procedimiento de concurrencia competitiva, las organizaciones que no realicen los procesos electorales previstos en sus estatutos.

3. En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones y el arte. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Requisitos a cumplir: 1. Son objeto de subvención las siguientes actividades:
- Actuaciones de investigación y catalogación de variedades autóctonas de Menorca de huerta, frutales y cereales.
- Actuaciones de difusión e interpretación dirigidas a la población en general realizadas en Menorca.
- Actuaciones de difusión y educación ambiental dirigidas a la población escolar menorquina, como visitas guiadas, huertos escolares, etc.
- Actuaciones de multiplicación y mantenimiento del Banco de préstamo de semillas autóctonas, ubicado en las dependencias de Sa Granja, Maó.
- Estudios de las características agronómicas, ecológicas, nutritivas, organolépticas, culturales, etc., de alguna especie o variedad autóctona.
2. Las actividades antes relacionadas se llevarán a cabo desde el día 1 de enero del año de la convocatoria hasta el 2 de noviembre del año de la convocatoria.
3. Son gastos subvencionables los relativos a:
? Campañas de comunicación, anuncios, spots, vídeos promocionales, carteles ...
? Las dietas relacionadas con gastos relativos a charlas divulgativas a la población.
? El servicio de visitas guiadas y el asesoramiento en la creación de huertos escolares.
? Las tareas de siembra, mantenimiento y multiplicación de variedades autóctonas, con vistas a su preservación, sin fines comerciales, que deben ser depositadas en el Banco de préstamo de semillas autóctonas
? El material necesario, el desplazamiento, alojamiento y manutención del personal encargado de los estudios de investigación.
? Estudios de las características agronómicas, ecológicas, nutritivas, organolépticas, culturales, etc., de alguna especie o variedad autóctona. En el caso de los proyectos seleccionados, la aceptación de la subvención implicará la cesión al Consejo Insular de Menorca del derecho de propiedad intelectual del estudio, que podrá divulgar y publicar de forma íntegra o parcial.

Documentación a presentar: 1. Las solicitudes se presentarán formalizadas electrónicamente mediante el modelo normalizado que se adjunta como ANEXO I de estas bases y que se encuentra en la sede electrónica www.cime.es

2. En la solicitud, se adjuntará la siguiente documentación:
Documentación administrativa
a) Copia de la escritura de constitución o modificación, de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en el registro correspondiente.
b) Acreditación de la representación de la entidad.
c) Si fuera necesario de conformidad con los estatutos, se debe aportar certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda
d) Copia del documento de identificación fiscal del solicitante (NIF) y de su representante.
e) Declaración responsable firmada por el representante legal de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 10.1 del Decreto Legislativo 2/2005 de 28 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196 de 31.12.2005) (anexo II)
f) Certificados donde conste que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (se puede autorizar al Consejo Insular de Menorca a comprobar el cumplimiento de estas obligaciones -ver anexo I). El solicitante debe estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Consejo Insular de Menorca - este aspecto se comprobará de oficio por el Consejo Insular de Menorca -
g) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y / o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas, para realizar la misma actividad. (Anexo III)
h) Documento de designación de cuenta bancaria de la empresa o de su representante según modelo facilitado por el Consejo Insular de Menorca

Documentación especifica
i) Presupuesto completo y desglosado de gastos e ingresos del año corriente.
l) Memoria en que se detallen y cuantifiquen cada una de las actividades enumeradas en el punto 4 de las bases, que se pretenden financiar con la subvención solicitada. El documento debe indicar como mínimo el objetivo concreto de la acción y los resultados obtenidos, los recursos humanos y técnicos dispuestos para realizar la acción, las metodologías empleadas y el público principal destinatario.

Se eximirá de la presentación de la documentación a que se refiere la letra a), b), d) yh) en el caso de que ésta ya conste en los archivos del Consejo Insular, lo que deberá hacerse constar expresamente en la solicitud.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: -
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: -
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: -
Plazos de ciudadano: Hasta el 4 de abril de 2019
Plazos de la administración: -
Tarifas aplicables: -
Respuesta al ciudadano: -
Marco legal: Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:

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