Trámite fuera de plazo
Última modificación:
06/03/2019
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
El Departamento de Cultura, Patrimonio y Educación del Consejo Insular de Menorca quiere estimular y fomentar la creatividad entre estudiantes, trabajadores y personas relacionadas con la joyería, por lo tanto aprovechando la candidatura de Menorca Talayótica Patrimonio de la Humanidad, quiere premiar obras que tengan relación con la Cultura Talayótica.
Asimismo, con el fin de promover la actividad joyería en Menorca, considera oportuno crear este premio para ofrecer a los nuevos artistas la posibilidad de ver reconocida su obra y, por tanto, dar promoción del sector joyero.
Ámbito de responsabilidad:
Departament de Cultura, Educació, Joventut i Esports
Quién lo puede solicitar:
Pueden participar en este premio todas las personas que tengan algún tipo de vinculación con el ámbito de la joyería.
En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios de este premio las personas en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Requisitos a cumplir:
Las obras que se presenten al premio deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Sólo se admitirá una joya por participante.
2. Las joyas presentadas deberán estar inspiradas en los monumentos y restos talayóticos que se encuentran en la isla de Menorca.
3. Las joyas presentadas deberán ser originales y no haber participado en ningún otro concurso.
4. Las obras deben ser portables y realizadas con materiales propios de la joyería o cualquier otro, siempre que no procedan de especies protegidas.
Documentación a presentar:
1. Las solicitudes para participar en este premio se presentarán respetando estrictamente las normas referentes al anonimato de los concursantes, por lo que se presentarán sin ningún tipo de firma o identificación del autor/a y se deben acompañar de dos sobres, A y B, cerrados y separados, en cada uno de los cuales debe constar la inscripción: CONCURS DE JOIERIA MENORCA TALAIÒTICA 2019 DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA y el seudónimo con el que se presenta. Si los sobres no se presentan de acuerdo con lo indicado, no se admitirán a concurso.
El Consell Insular de Menorca velará para mantener el anonimato de las personas participantes durante todo el proceso de concurso.
2. Los sobres cerrados y separados deben contener la siguiente documentación:
- Sobre A: debe constar la información sobre la obra que se presenta a concurso, en papel i en soporte informático.
a) Representación gráfica de la pieza realizada con técnicas manuales o digitales en un tamaño máximo de DIN A3
b) Ficha técnica
c) Memoria conceptual de la joya presentada
d) Título de la obra y seudónimo con el que se presenta
- Sobre B: debe constar la siguiente información respecto del autor/a de la obra presentada:
a) Solicitud de participación en el Concurs de Joieria Menorca Talaiòtica 2019 del Consell Insular de Menorca, anexo 1 de estas bases, en la que constará:
- Nombre y apellidos del autor/a
- Domicilio, dirección electrónica y teléfono de contacto del autor/a
- Título de la obra y seudónimo con el que se presenta
- Declaración responsable sobre el carácter original e inédito de la obra presentada
b) Fotocopia compulsada del DNI del autor/a.
c) Declaración responsable firmada por el solicitante de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003). Anexo 2 de estas bases.
d) Certificado en el que conste que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se puede autorizar el Consell Insular de Menorca a comprobar, a través de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social marcando la casilla correspondiente del anexo 1 de estas bases.
e) Documento de designación de cuenta bancaria del solicitante de acuerdo con el modelo facilitado por el Consell Insular de Menorca, salvo que ya conste en la Tesorería General del CIM, lo cual se debe hacer constar expresamente. Anexo 3 de estas bases.
3. Las solicitudes y toda la documentación transcrita en el apartado anterior se pueden presentar, hasta el 30 de setembre de 2019, en los puntos del Servicio de Atención al Ciudadano del Consell Insular de Menorca que hay en la sede del CIM de Maó (plaza de la Biosfera, 5), en las oficinas administrativas de Ciutadella (plaza de la Catedral, 5) y en los ayuntamientos que tengan suscrito convenio con el CIM para la prestación de este servicio. Asimismo, se pueden presentar en cualquier otro punto de conformidad con lo establecido en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común, de las administraciones públicas.
En el momento de presentar la documentación se entregará el correspondiente documento acreditativo de participación.
El embalaje, transporte y seguro de las obras serán por cuenta de los participantes.
4. Si la solicitud o la documentación fueran incorrectas o incompletas, el Consell Insular de Menorca requerirá la rectificación o el complemento necesarios. Si en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente en el que se reciba el requerimiento de subsanación de la solicitud, el interesado no hace la rectificación o no presenta la documentación requerida, se entenderá que ha desistido de su petición de conformidad con el artículo 68 Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella
Por teléfono (sólo información):
971 35 60 50
Por correo:
Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
971 36 82 16
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
Presentar la joya junto con la documentació exigida.
Plazos de ciudadano:
Hasta el 30 de septiembre de 2019
Plazos de la administración:
6 meses
Tarifas aplicables:
Se trata de un trámite gratuito.
Respuesta al ciudadano:
-
Marco legal:
Bases de la convocatoria.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: