Trámite fuera de plazo
Última modificación:
23/02/2019
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
El objeto de estas ayudas es apoyar a las empresas comercializadoras de queso con denominación de origen protegida (en adelante DOP) Mahon-Menorca, por los gastos generados por las diferentes actuaciones promocionales llevadas a cabo y encaminadas a mejorar la comercialización únicamente de sus productos con DOP.
El período objeto de subvención es de día 1 de noviembre del año anterior al de la convocatoria a dia 31 de octubre del año en curso.
Ámbito de responsabilidad:
Departament d'ocupació, projecció econòmica, joventut i esports
Quién lo puede solicitar:
1. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las empresas que comercialicen queso con DOP Mahón-Menorca, inscritas en el correspondiente registro de la DOP.
2. Sin embargo, no pueden ser beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y el arte. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. (Anexo II)
b) Las personas físicas o jurídicas que, en el momento que el órgano instructor dicte la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración General Estado y de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Menorca.
(El hecho de estar al corriente con las obligaciones tributarias del Consejo Insular de Menorca lo verificará de oficio la Tesorería del Consejo Insular).
c) Las personas físicas o jurídicas que hayan recibido, en los tres últimos ejercicios fiscales (2014, 2015 y 2016), ayudas públicas o de entes privados, financiados con cargo a presupuestos públicos, en concepto de minimis, por un importe superior a € 15.000 o 200.000 € (según sea de aplicación la base 5.2).
Requisitos a cumplir:
1. Serán objeto de subvención los gastos originados por las siguientes actuaciones:
- Estudios de mercado, planes de marketing o estudios de viabilidad que sean útiles para determinar estrategias empresariales para la comercialización de los quesos amparados por la DOP.
- Estudios y propuestas sobre el diseño de envases y etiquetas de productos, con el fin de mejorar la imagen de la marca y su comercialización.
- Realización de campañas publicitarias en medios de comunicación (prensa, radio y TV), publicidad, información en revistas especializadas y presencia en folletos publicados que tengan como finalidad fundamental el aumento de las ventas, así como la promoción de una política de calidad.
- Degustación del producto (queso Mahón-Menorca con DOP) en cualquier tipo de establecimiento.
- Campañas de marketing on line.
- Organización y participación en ferias, congresos, seminarios, jornadas técnicas, eventos y actividades similares de relaciones públicas, a nivel nacional e internacional.
- Actualización de plataformas web e implantación de comercio electrónico.
2. Las actividades subvencionables deberán ser realizadas entre día 1 de noviembre del año anterior al de la convocatoria a día 31 de octubre del año en curso.
3. Únicamente se subvencionarán las actuaciones llevadas a cabo para la promoción del queso con DOP de la empresa comercializadora.
4. El importe máximo a subvencionar será de un 80% del coste de la acción a realizar.
5. Las empresas comercializadoras de queso, podrán solicitar la ayuda o por queso con DOP Mahón-Menorca o por queso con DOP Mahón-Menorca artesano.
Documentación a presentar:
1. Las solicitudes se presentarán formalizadas electrónicamente mediante el modelo normalizado que se adjunta como ANEXO I de estas bases y que se encuentra en la sede electrónica www.cime.es »
2. En la solicitud, se adjuntará la siguiente documentación:
Documentación administrativa
a. Si el solicitante es persona física, NIF
b. Si el solicitante es persona jurídica, documentación acreditativa de la constitución de la empresa y, si proceda, de sus estatutos, debidamente registrados o, en su caso, de la modificación de aquella así como de los nuevos estatutos inscritos en el registro pertinente.
c. Si el solicitante es persona jurídica, CIF del solicitante.
d. Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud del cual actúa el firmante de la solicitud y, en su caso, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en caso de que el firme una persona diferente.
e. Si es una agrupación de personas físicas o jurídicas, una comunidad de bienes u otra agrupación económica sin personalidad jurídica, deben firmar la solicitud todas las personas que la integran y adjuntar los DNI (en el caso de personas físicas) o la documentación acreditativa de la personalidad jurídica de cada uno de los integrantes. Asimismo, deben designar un único representante y un único domicilio para notificaciones.
f. Acreditación de la representación si la solicitud se presenta en nombre de otro y copia del NIF del representante.
g. Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (Anexo II)
h. Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y / o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas para realizar la misma actividad (Anexo III).
i. Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de designación de cuenta bancaria, en el que conste claramente indicado lo siguiente: titularidad de la cuenta (que debe ser de la entidad o empresa solicitante de la subvención), datos de la entidad bancaria (Nombre, domicilio y código BIC o SWIFT) y los datos de la cuenta (IBAN de la cuenta), y al mismo tiempo manifieste:
1. La posibilidad de acreditar documentalmente los datos bancarios que se mencionan en la declaración.
2. La exención de responsabilidad al Consejo Insular una vez hechos los ingresos en la cuenta indicada en este documento, por las actuaciones que se deriven de errores en los datos indicados por el declarante.
j. Certificado en el que conste que está al corriente de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
k. Declaración en relación a la ayuda de minimis (anexo III y IV)
documentación específica
l. Documento que acredite que está inscrito en la DOP del queso Mahón-Menorca.
m. Documento de alta del impuesto de actividades económicas y último recibo de pago o documento que acredite que está exento del pago.
n. Documento que acredite la inscripción en el censo de industrias agrarias del Consejo Insular de Menorca (se comprobará de oficio).
o. Documento que acredite la inscripción en el registro de explotaciones agrarias del Consejo Insular de Menorca (se comprobará de oficio).
p. Documento del registro sanitario.
q. Proyecto firmado que incluya las actuaciones promocionales objeto de la solicitud, que debería desarrollar los aspectos que conforman los criterios de evaluación de las ayudas.
r. Documentación relativa a la justificación de la subvención (ver base 14)
s. Si fuera necesario, con el fin de comprobar la separación de actividades o la distinción de costes y que las actividades del sector primario no se beneficien de estas ayudas, se requerirá la presentación de la contabilidad del solicitante de la ayuda.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
-
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
-
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
-
Plazos de ciudadano:
Hasta el 5 de noviembre de 2019
Plazos de la administración:
-
Tarifas aplicables:
Este trámite es gratuito
Respuesta al ciudadano:
Publicación en el BOIB
Marco legal:
Bases de la convocatoria
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: