Última modificación:
12/03/2021
Tramitar.
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
Comunicar la impartición de un curso de monitoras y de monitores o un curso de directoras y de directores de tiempo libre infantil y juvenil antes del inicio.
Codi SIA:
2889314
Ámbito de responsabilidad:
Departament de Cultura, Educació, Joventut i Esports
Quién lo puede solicitar:
Cualquier escuela de educación de tiempo libre infantil y juvenil que quiera llevar a cabo un curso.
Requisitos a cumplir:
Las escuelas de educación de tiempo libre infantil y juvenil tienen que estar reconocidas oficialmente e inscritas en el Censo de escuelas de educación de tiempo libre, y tienen que presentar el resumen de las actividades formativas hechas el curso académico anterior y la programación general de las actividades previstas para el curso académico que se inicia.
El contenido de los cursos programados tiene que coincidir íntegramente con todos los puntos de los programas oficiales del Título II del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. Si acaso, este contenido se puede ampliar y complementar, pero no alterar.
Cualquier cambio que se produzca en la realización de los cursos respecto de la programación presentada se tiene que comunicar a juventud del Consell Insular un mes antes de que se inicie cada curso. Además, este cambio tiene que figurar en la memoria del curso acabado, con una explicación de las razones y con la indicación de la fecha en que se notificó el cambio al Consell Insular.
Las escuelas de formación deben respetar las medidas de prevención de la Covidien que se recogen en el Nuevo Plan de medidas urgentes Covidien-19.pdf, aprobado por el Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2020 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria y aprueba el nuevo Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis sanitaria Ocasionada por Covid-19.
El Consejo Insular de Menorca, permite impartir íntegramente a distancia la totalidad de los módulos teóricos de los cursos de director-a y de monitor-a de actividades de educación de tiempo libre infantil y juvenil. Esta medida se fundamenta en la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para poste · liar los efectos de la crisis ocasionada por la Covidien 19 cuenta con una disposición final octava, punto 5, que introduce en el Decreto 23/2018 una disposición adicional séptima de medidas excepcionales relativas a los cursos de director / ay de monitor / a de actividades en caso de situaciones extraordinarias derivadas de estados de alarma o de circunstancias excepcionales.
Documentación a presentar:
Comunicación de realización de un curso de monitores y monitoras o de un curso de directores y directoras de tiempo libre infantil y juvenil u otras actividades formativas complementarias.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
-
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
-
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
-
Plazos de ciudadano:
Esta comunicación se tiene que presentar un mes antes del inicio del curso.
Plazos de la administración:
-
Tarifas aplicables:
Se trata de un trámite gratuito
Respuesta al ciudadano:
-
Marco legal:
-Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud (Título I, art. 2-20; y Título II, art. 21-36).
-Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.
-Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid 19.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
La ley orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de Voluntariado establecen la obligación de aportar certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todas las personas monitoras y directoras que trabajen en contacto habitual con menores, ya sean contratadas o voluntarias. Si estas personas son de nacionalidad diferente a la española, tienen que tener, además del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales mencionado, un certificado de su país de nacionalidad.
El certificado es gratuito y se puede pedir vía telemática, si se dispone de certificado digital, por correo postal o de manera presencial. Tiene más información sobre como solicitar el certificado en el enlace siguiente: http://www.mjusticia.gob.es/cs/satellite/portal/ca/registro-central-delincuentes.