Última modificación:
04/09/2017
Tramitar
Objeto del trámite:
Presentación de cualquier solicitud, escrito o comunicación dirigida al Consejo Insular de Menorca.
Ámbito de responsabilidad:
Servei d'Atenció Ciutadana
Quién lo puede solicitar:
Cualquier persona interesada.
Requisitos a cumplir:
Se necesita disponer d'un certificat digtal admès pel CIM (DNI electrónico, certificado de la FNMT, etc.) o de PIN ciudadano para identificarse e iniciar una solicitud. Se necesita disponer de un certificado digital admitido por el CIM (DNI electrónico, certificado de la FNMT, etc.) para firmar y enviar la solicitud.
En el caso de actuar como representante, se dispuso de un certificado digital que incluya la representaació o bien se ha de adjuntar a la solicitud el documento de representación en formato PDF firmado electrónicamente por parte de la persona a quien representa.
Documentación a presentar:
Solicitud (formulario electrónico) y documentos adjuntos, si procede.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
(sólo información) info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
https://www.carpetaciutadana.org/web/portal.aspx?Con=Conexion001
Qué ha de pedir el ciudadano:
Rellenar los datos requeridos del formulario electrónico, adjuntar documentos con el formato admitido (si procede) y firmar el envío (se requiere certificado digital).
Plazos de ciudadano:
Ninguno, excepto en el caso en que el objeto de la solicitud esté sujeto a un plazo.
Plazos de la administración:
Dependerá del objeto de la solicitud
Tarifas aplicables:
Según cuál sea el objeto de la solicitud liciud puede requerir el pago de una tasa.
Respuesta al ciudadano:
Carpeta ciudadana (notificación electrónica). Para recibir la respuesta en soporte papel, se indicará en la solicitud
Marco legal:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público
- Ordenanza de administración electrónica del Consejo Insular de Menorca.
Sentido del silencio administrativo:
Dependerá del objeto de la solicitud.
Observaciones: