Trámite fuera de plazo
Última modificación:
30/11/2023
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
El objeto de estas ayudas es participar en los gastos originados por la realización de las actividades ordinarias propias de las organizaciones profesionales agrarias de la isla de Menorca (en adelante OPA) desde día 1 de enero a 31 de diciembre del año en curso.
Codi SIA:
2896642
Ámbito de responsabilidad:
Departament d'Economia i Serveis Generals
Quién lo puede solicitar:
1. Podrán solicitar la subvención las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas, que tengan su domicilio social y ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca y un funcionamiento interno real y democrático.
2. En este sentido, quedarán excluidas de este procedimiento de concurrencia competitiva, las organizaciones que no realicen los procesos electorales previstos en sus estatutos.
3. En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones y el arte. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Requisitos a cumplir:
Línea 1. Mantenimiento de la propia organización profesional agraria
Línea 2. Representación, formación, asesoramiento y publicaciones:
a. El desarrollo de la función representativa de los intereses socioeconómicos de sus asociados
b. Publicación del medio de comunicación de la organización dirigida principalmente a sus socios, ya sea impresa como en digital.
c. La realización de actividades de carácter formativo y de asesoramiento relacionadas con el sector y que estén encaminadas a la capacitación de sus asociados y la formación de sus trabajadores, siempre que tengan relación con un mejor servicio a los asociados
2. Las actividades antes relacionadas se llevarán a cabo desde el día 16 de noviembre del año anterior hasta el día 15 de noviembre del año en curso.
3. Serán gastos subvencionables:
-Alquileres y gastos de los locales de la organización, entre otros, la electricidad, teléfono, limpieza
-Suscripción a publicaciones relacionadas con la actividad de la organización
-Material fungible de oficina
-Cuotas satisfechas por su integración en agrupaciones o federaciones de ámbito superior
-Mantenimiento y adquisición de equipos informáticos
-Viajes por asistencia a reuniones fuera de la isla de Menorca
-Gastos de asesoramiento al personal propio de la organización y sus asociados
-Gastos de formación para el personal propio de la organización
-Gastos de formación a los afiliados: gastos de desplazamiento y alojamiento de los ponentes cuando son de fuera de la isla de Menorca
-Gastos de asesoría fiscal
-Gastos para información y comunicación
Documentación a presentar:
1. Las solicitudes se presentarán formalizadas electrónicamente mediante el modelo normalizado que se adjunta como ANEXO I de estas bases y que se encuentra en la sede electrónica www.cime.es.
2. A la solicitud, se adjuntará la siguiente documentación.
Documentación administrativa.
a) Copia de la escritura de constitución o modificación de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en en el registro correspondiente.
b) Certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda.
c) Documento de designación de un representante.
d) Si fuera necesario de conformidad con los estatutos, se debe aportar certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda.
e) Copia del documento de identificación fiscal del solicitante (NIF) y de su representante.
f) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 10.1 del Decreto Legislativo 2/2005 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196 de 31-12-2005) (anexo II).
g) Certificado en el que conste que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (se puede autorizar el Consejo Insular de Menorca a comprobar el cumplimiento de estas obligaciones -ver anexo I). El solicitante debe estar al corriente de las
obligaciones fiscales con el Consejo Insular de Menorca (este aspecto se comprobará de oficio por el Consejo Insular de Menorca).
h) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas o
solicitadas de otras instituciones públicas o privadas, para realizar la misma actividad. (Anexo III)
i) Documento de designación de cuenta bancaria de la empresa o de su representante según modelo facilitado por el Consejo Insular de Menorca.
Documentación específica.
j) Certificado emitido por el secretario de la organización en que consten el número de afiliados en activo hasta el 31 de diciembre del año anterior y que estén al corriente del pago de la cuota a la organización.
k) Memoria y presupuesto de las actuaciones a realizar.
Se exime de presentar la documentación a que se refieren las letra a, c, e y en el caso de que ésta ya conste en los archivos del Consejo
Insular, lo que se debe hacer constar expresamente en la solicitud.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Por teléfono (sólo información):
971 35 60 50
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano:
"a convocatoria: hasta el 7 de diciembre de 2023.
Plazos de la administración:
Seis meses.
Tarifas aplicables:
Es un trámite gratuito.
Respuesta al ciudadano:
Por escrito y publicación en el tablón de edictos.
Marco legal:
- Bases de la convocatoria
- Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: