Última modificación:
04/01/2019
Tramitar.
Presentar altra documentació
Generar documento de pago
Objeto del trámite:
Se trata de solicitar la autoritzación para realizar campeonatos de pesca deportiva.
Codi SIA:
2896428
Ámbito de responsabilidad:
Servei de pesca
Quién lo puede solicitar:
Cualquier club o asociación interesada.
Requisitos a cumplir:
Las entidades organizadoras o sus federaciones deben hacer constar en la solicitud, como mínimo, la modalidad de pesca, la zona donde se va a hacer, el tipo de campeonato, el horario de este y si las capturas serán superiores a las cuotas de capturas establecidas, supuesto sujeto a autorización previa de conformidad con lo previsto en el artículo 11.7, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 2 en la resolución de autorización se fijarán todas las condiciones relativas al desarrollo de la competición.
Documentación a presentar:
-Impreso de solicitud.
-Fotocopia del DNI / NIE / pasaporte del interesado.
-Acreditación de la representación de la entidad solicitante.
-Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
-Bases del concurso (en caso de que se prevea sobrepasar las cuotas máximas de captura).
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella - Sa Granja - Sa Roqueta
Por teléfono (sólo información):
971 35 60 50
Por correo:
Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
Qué ha de pedir el ciudadano:
Presentar la solicitud juntamente con la documentación requerida.
Plazos de ciudadano:
Lo puede solicitar en cualquier momento
Plazos de la administración:
---
Tarifas aplicables:
2021:
Campeonato
de pesca deportiva 92,99 euros
Respuesta al ciudadano:
Por correo certificado
Marco legal:
- Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el que se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en las aguas interiores de las Islas Baleares.
- Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares.
- Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima recreativa en aguas exteriores.
- Real Decreto 62/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar.
- Real Decreto 560/1995, que regula las tallas mínimas (BOE núm. 84).
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
En caso de que estos campeonatos tengan lugar en aguas exteriores, se atenderá lo que disponga la normativa estatal, en particular el capítulo VI del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima recreativa en aguas exteriores.
Las entidades organizadoras o sus federaciones deben comunicar, dentro del plazo de los quince días siguientes a la fecha en que se lleve a cabo el campeonato, los datos previstos en el artículo 71.2 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares.
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