Cambio de titular de autorización de empresa de transportes para el transporte públic de mercancías (MDLE o MDPE))

Última modificación: 22/03/2022

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Objeto del trámite:
Se trata de obtener el cambio de titular de una autorización de empresa de transportes para el transporte público de mercancías (MDLE o MDPE)

Codi SIA: 2858566
Ámbito de responsabilidad: Servicio de Transportes
Quién lo puede solicitar: El interesado o su representante.
Requisitos a cumplir:
- Disponer de una autorización de empresa de transporte público de mercancías MDLE o MDPE.

- Hay que transmitir toda la flota adscrita a la MDLE o MDPE.

- Realización de la tramitación a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/oficinas_sectoriales/tte_ctra/gestion_autorizaciones/


1. Ser persona física o jurídica:

1.1 El titular de la autorización tiene que tener nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, o de cualquier otro estado, a los ciudadanos del cual se extienda el régimen de aplicación, así como a los miembros de sus familias. Tiene que resultar acreditado que cuenta con el correspondiente número de identificación fiscal.

Si el titular de la autorización tiene una nacionalidad diferente a las anteriores, tendrá que acreditarse que cuenta con una autorización de residencia de larga duración o de residencia temporal y trabajo y, como al supuesto anterior, con el correspondiente número de identificación fiscal vigente y no revocado.

1.2 Cuando no se trate de una persona física, la persona jurídica titular de la autorización tendrá que reunir los siguientes condicionantes:

- Tener personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.

- Estar inscrita al registro público que corresponda.

- Tener ánimo de lucro.

- Recoger de forma exprés, como parte de su objeto social, la realización de transporte público de viajeros en autobús.

2. El titular de la autorización tiene que contar con un domicilio situado en España en el que se conserven, a disposición de los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre, los documentos relativos a su gestión y funcionamiento.

3. A efectos del cumplimiento del requisito de competencia profesional, tiene que resultar acreditado que la empresa cuenta en todo momento con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte. Este, tendrá que estar en posesión del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte por carretera de mercancías (SOLO en el caso de MDPE)

3.1 Funciones:

- Hará falta que el gestor del transporte cumpla con el requisito relativo a la dirección efectiva y permanente de las actividades de transporte de la empresa. Las funciones que el gestor de transporte tendrá que desarrollar quedan enmarcadas en el artículo 112 del Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestre.

3.2 Vinculación:

- Si el titular es persona física:

Cuando el titular sea también el gestor de transporte, tendrá que estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Si el titular no fuera el gestor de transporte, el gestor tendrá que estar dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller - Grupos 1, 2 o 3 .

- Si el titular es persona jurídica

El gestor tendrá que estar dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller - Grupos 1 , 2 o 3.

El gestor tendrá que participar, como mínimo, en un 15% del capital social de la empresa, y tendrá que estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

4. Tanto el titular de la autorización como el gestor del transporte de la empresa tienen que cumplir el requisito de honorabilidad.

5. Capacidad financiera: el titular tendrá que disponer de un capital de 9.000 € para el primer vehículo y de 5.000 € más por cada vehículo adicional.

6. Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal. Hace falta:

- Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios, en el epígrafe correspondiente a transporte de viajeros por carretera.

- No tener deudas con el Estado o con una Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo.

7. Cumplir con las obligaciones laborales y sociales. Hace falta:

- Estar la empresa inscrita en la Seguridad Social en el régimen que corresponda.

- Encontrarse al corriente en el pago de las cuotas u otras deudas con la Seguridad Social.

8. No tener otras autorizaciones de la clase mdle o mdpe en alta o en baja recuperable.

9. No tener sanciones por infracción de la normativa de transportes pendientes de pago, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.

10. Disponer de firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia los contratos y otras formalidades mercantiles con los clientes. Habrá que comunicar la dirección de correo electrónico que se utiliza para formalizar y documentar los contratos de transporte con los clientes.

11. Pagar la tasa correspondiente.

Nota: Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática con el consentimiento expreso del titular.

Documentación a presentar:
El Departamento de Movilidad del Consejo Insular de Menorca obtendrá de los Registros Electrónicos de la Dirección General de Tráfico (DGT), Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Instituto Nacional de Estadística (INE), Registro Mercantil y otros registros, la información relativa a los solicitantes que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento, visado o modificación de los títulos que habiliten para el ejercicio de las actividades reguladas en la Ley de ordenación de los transportes terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, excepto que aquellos expresamente no autoricen su consulta.

En el supuesto de que los solicitantes no presten su consentimiento, tendrán que anexar a su solicitud copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos. La fidelidad con el original se garantizará mediante la firma con DNI electrónico o con alguno de los certificados electrónicos reconocidos por la Administración. De acuerdo con el que dispone el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

MDLE:



1. Persona cedente de la autorización:

- Solicitud de baja, firmada por la persona cedente.

2. Nuevo titular:

2.1 Si alguno de los vehículos es de alquiler, hay que presentar el contrato de arrendamiento (o precontrato u hoja de entrega de vehículo) que tiene que incluir:

- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):

· Persona física: nombre, NIF y firma.
· Persona jurídica: nombre y CIF.

- Identificación del arrendatario (titular de la autorización):

· Persona física: nombre, NIF y firma.
· Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representando.
· Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.
· Duración del contrato.
· Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato tiene que estar vigente.

- El destino del vehículo de alquiler en el permiso de circulación tiene que figurar como 'Público-Alquiler sin conductor'.

3. Hoja de pago de la tasa vigente. Pago a través de

https://www.carpetaciutadana.org/web/gesserveis/gestion.aspx?idgestion=118

MDPE:



1. Persona cedente de la autorización:

-Solicitud de baja, firmada por la persona cedente.

2. Vehículos:

2.1 En el caso de vehículos nuevos pendientes de matriculación, habrá que aportar la ficha técnica del vehículo.

2.2 Si alguno de los vehículos es de arrendamiento, tiene que figurar en el permiso de circulación el destino de este como 'Público-Alquiler sin conductor'. El contrato de arrendamiento (o precontrato u hoja de entrega de vehículo) tiene que incluir:

- Identificación del arrendador (empresa de alquiler):

· Persona física: nombre, NIF y firma.

· Persona jurídica: nombre y NIF.

- Identificación del arrendatario (titular de la autorización):

· Persona física: nombre, NIF y firma.
· Persona jurídica: nombre y NIF de la empresa y nombre de la persona representando.

- Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o ficha técnica.

- Duración del contrato.

- Vigencia del contrato: en el momento de presentar la solicitud, el contrato tiene que estar vigente.

3. Capacidad económica:

- Para justificar la capacidad financiera de la empresa, hay que acreditar que esta dispone, como mínimo, de un capital, incluidas las reservas, de 9.000 euros cuando se utilice un solo vehículo, y de 5.000 euros más por cada vehículo adicional utilizado (veáis el punto sobre la capacidad económica al apartado de requisitos).

3.1 Si el solicitante es una persona física:

Podrá acreditar la capacidad financiera mediante alguna de las opciones siguientes:

- No disponer de ningún vehículo adscrito de antigüedad superior a 12 años, en propiedad o arrendamiento financiero. Si se tiene jefe en arrendamiento ordinario, este tiene que ser por un periodo no inferior a 24 meses.

- Certificado bancario sellado de disposición de fondos relacionados con:

· Cuentas corrientes
· Depósitos bancarios

- El certificado se habrá tenido que expedir dentro de los 6 meses anteriores a su presentación y tendrá que indicar explícitamente la cantidad a que hace referencia. El certificado podrá determinar el volumen global de recursos o bien que este es superior a una cantidad determinada. En ningún caso se admitirán referencias genéricas como por ejemplo: ...“dispone de unos recursos suficientes para gestionar una empresa de transportes...”.

- Última declaración o documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.

3.2 Si el solicitante es una persona jurídica:

En caso de que los datos que consten en la consulta electrónica del Registro Mercantil no acrediten la capacidad financiera necesaria, se podrá presentar:

- Última declaración del Impuesto sobre sociedades, y en caso de que hiciera falta, copia auténtica de las escrituras, presentadas en el Registro Mercantil, de ampliación del capital posterior a la fecha de la presentación del Impuesto sobre Sociedades.

- Últimas cuentas anuales presentados al Registro Mercantil.

Cuando no se cumpla ninguno de las opciones anteriores, tanto las personas jurídicas como empresarios individuales pueden acreditar su capacidad económica intermediando:

- Certificado de una entidad financiera o aseguradora conforme dispone de una garantía mediante la cual la entidad se convierte en garante solidario de la empresa ante sus acreedores hasta la cuantía que corresponda.

- Certificado de una entidad financiera que acredita que la empresa tiene acceso a crédito hasta la cuantía que corresponda.

4. El gestor de transporte:

Se comprobará de oficio, en el registro de la Seguridad Social, si el gestor propuesto cumple con los criterios de vinculación necesarios.

4.1. Si el titular de la autorización es una persona física:

En el supuesto de que el gestor propuesto sea cónyuge del titular de la autorización o guarde con el titular una relación familiar hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción, de acuerdo con las normas aplicables a la materia, habrá que acreditarlo mediante el libro de familia, escritura pública o documentación tributaria o administrativa donde conste el parentesco. En este caso, el Departamento de Movilidad del Consejo Insular de Menorca consultará su alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

4.2. Si el titular de la autorización es una persona jurídica:

Si el gestor propuesto no está dado de alta como personal directivo en el régimen general de la Seguridad Social que corresponda a tiempo completo, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller (grupos 1, 2 o 3), la empresa tendrá que acreditar la participación del gestor en, como mínimo, un 15% del capital social de la empresa. En este caso, el Departamento de Movilidad del Consejo Insular de Menorca consultará su alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

4.3 Si el gestor de transporte quiere ejercer como tal en varias empresas a la vez, habrá que presentar un documento que acredite que un mismo titular dispone de más del 50% del capital de cada empresa.

5. Hoja de pago de la tasa vigente. Pago a través de

https://www.carpetaciutadana.org/web/gesserveis/gestion.aspx?idgestion=118

Donde se puede realizar el trámite: Presencial:
Por teléfono (sólo información): 971 35 60 50
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar telemàticamente la documentación solicitada.
Plazos de ciudadano: Los establecidos en la tarjeta de trasnsportes (fecha próximo visado). Subsanar deficiencias,10 días. Para rehabiltac.
Plazos de la administración: 7 días, si toda la documentación es correcta
Tarifas aplicables: 2022: 42,20 euros (MDL); 56,30 (MDP)
Respuesta al ciudadano: Presencialmente
Marco legal:
Ley 16/1987 de 30 de julio de Ordenación de Transportes terrestres (LOTT)
Real Decreto 1211/1990 de 28 de septeimbre que aprueba el Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres (ROTT)

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:
AVISO IMPORTANTE.
Todas las personas físicas y jurídicas se comunicarán y harán sus tramitaciones a través de la plataforma única (sede electrónica) del Ministerio de Transportes, Movlidad y Agenda Urbana. Este es el enlace a dicha sede electrónica.
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/

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