Declaración de interés general en suelo rústico

Última modificación: 17/10/2016

Tramitar. Presentar altra documentació

Objeto del trámite: Obtener la declaración de interés general según establece el artículo 37 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares.
Codi SIA: 2515043
Ámbito de responsabilidad: Departament d'ordenació territorial i turística
Quién lo puede solicitar: La persona interesada a través del Ayuntamiento (artículo 37.1 de la LSR). El ayuntamiento remitirá la documentación entregada junto con el informe municipal razonado.
Requisitos a cumplir: Presentar la documentación pertinente.
Documentación a presentar: Documentación a presentar ante el ayuntamiento en papel y en formato digital (original o fotocopia compulsada):
a) Anteproyecto o proyecto redactado por técnico competente.
b) Plano de emplazamiento indicando la categoría de suelo rústico, la parcela (indicando polígono y parcela y número de finca registral), las diferentes edificaciones y las instalaciones, tanto las existentes como las proyectadas, con especificación de las correspondientes superficies. Si el expediente trata de instalaciones lineales (por ejemplo, redes eléctricas) se especificará el trazado.
c) Certificado del Registro de la Propiedad sobre la titularidad, las características y la superficie de los terrenos a los que se vinculará la declaración de interés general.
d) En caso de que la declaración de interés general sea para la dotación de servicios, se deberá justificar la legalidad de las edificaciones o instalaciones que se pretenden dotar del servicio, mediante la presentación de la correspondiente licencia municipal, certificado municipal o autorización administrativa.
e) En su caso, se presentará la oportuna documentación ambiental dependiendo si el proyecto está incluido en el Anexo I o II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Al ayuntamiento correspondiente
Por teléfono (sólo información): 971 35 60 50
Por correo: Plaza Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: 1. Presentar la documentación relacionada anteriormente, en el ayuntamiento.
2. Presentar otra documentación subsanando las deficiencias que se le indiquen, en caso de que la presentada inicialmente no se considere suficiente para resolver el expediente, al SAC o ayuntamiento.

Plazos de ciudadano: ---
Plazos de la administración: 3 meses
Tarifas aplicables: Se trata de un trámite gratuito
Respuesta al ciudadano: ---
Marco legal: - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administracionss públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de regimen jurídico del sector público
- Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
- Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares
- Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares
- Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial (BOIB núm. 157, ext., de 27 de diciembre)
- Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Islas Baleares
- Plan territorial insular de Menorca y Norma territorial insular.
- Plan general de ordenación urbana, lo que corresponda.
- Planes especial de las ANEI.
- Planes directores sectoriales.

Sentido del silencio administrativo:
Observaciones:


 
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