Visado autorización de transporte privado complementario de mercancías (mpc)

Última modificación: 14/03/2022

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Objeto del trámite: Obtener el visado de la tarjeta de transportes para el transporte privado complementario de mercancías (MPC), que se realiza cada dos años (los años impares), para vehículos de más de 3500 kg.

Excepcionalmente, y de acuerdo con el artículo 26.2 de Real decreto ley 26/2020, las autorizaciones que se tenían que visar el 2021, se harán en 2022.



Codi SIA: 2869464
Ámbito de responsabilidad: Servei de transports
Quién lo puede solicitar: El interesado o su representante.
Requisitos a cumplir:
- Disponer de tarjeta de transporte privado complementario de mercancías (MPC) en vigor.

- Realización de la tramitación a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/oficinas_sectoriales/tte_ctra/gestion_autorizaciones/

1. Ser persona física o jurídica.

- El titular de la autorización tiene que tener nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, o de cualquier otro estado, a los ciudadanos del cual se extienda el régimen de aplicación, así como a los miembros de sus familias. Tiene que resultar acreditado que cuenta con el correspondiente número de identificación fiscal.

- Si el titular de la autorización tuviera una nacionalidad diferente a las anteriores, tendrá que acreditarse que dispone de una autorización de residencia de larga duración o de residencia temporal y trabajo y, como al supuesto anterior, con el correspondiente número de identificación fiscal vigente y no revocado.

2. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal. Hace falta:

- Estar dado de alta en el censo, en el epígrafe correspondiente.
- Haber presentado las declaraciones que correspondan de IRPF, IVA e impuesto sobre sociedades.
- No tener deudas fiscales en periodo ejecutivo.

3. Cumplir las obligaciones laborales y sociales. Hace falta:

- Estar dado de alta a la Seguridad Social en el régimen que los corresponda, la empresa y todas las personas trabajadoras.
- Haber presentado los documentos de cotización de la Seguridad Social.
- No tener deudas con la Seguridad Social.

4. Disponer de un vehículo de una MMA superior a 3,5 Tn a nombre de la persona solicitante en régimen de propiedad, leasing o arrendamiento ordinario.

5. Los conductores de los vehículos tendrán que estar integrados en la organización de la empresa y contar con las habilitaciones que resulten pertinentes.

6. No tener sanciones pendientes de pago, por infracción de la normativa de transportes, que se hayan impuesto por una resolución que ponga fin a la vía administrativa.

7. Pagar la tasa correspondiente.

8. Disponer de dirección de correo electrónico y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con los clientes.

Nota:
Los requisitos que no se soliciten en el apartado de documentación se consultarán de forma telemática con el consentimiento expreso del titular.

Documentación a presentar:
El Departamento de Movilidad del Consejo Insular de Menorca obtendrá de los Registros Electrónicos de la Dirección General de Tráfico (DGT), Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Instituto Nacional de Estadística (INE), Registro Mercantil y otros registros, la información relativa a los solicitantes que resulte necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento, visado o modificación de los títulos que habiliten para el ejercicio de las actividades reguladas en la Ley de ordenación de los transportes terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, excepto que aquellos expresamente no autoricen su consulta

En el supuesto de que los solicitantes no presten su consentimiento, tendrán que anexar a su solicitud copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos. La fidelidad con el original se garantizará mediante la firma con DNI electrónico o con alguno de los certificados electrónicos reconocidos por la Administración. De acuerdo con el que dispone el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

1. Vehículos

Si alguno de los vehículos es de alquiler, el destino de este en el permiso de circulación tiene que figurar como 'Público-Alquiler sin conductor' y el contrato de arrendamiento (o precontrato u hoja de entrega de vehículo) tiene que incluir:

1.1. Identificación del arrendador (empresa de alquiler):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y CIF.

1.2. Identificación del arrendatario (titular de la autorización):
- Persona física: nombre, NIF y firma.
- Persona jurídica: nombre y CIF de la empresa y nombre de la persona representando.

1.3. Identificación del vehículo mediante el número de matrícula o bastidor.

1.4. Duración del contrato.

1.5. Vigencia del contrato: al presentar la solicitud, el contrato tiene que estar vigente.

2. Hoja de pago de la tasa vigente. Pago a través de: https://www.carpetaciutadana.org/web/gesserveis/gestion.aspx?idgestion=118

Donde se puede realizar el trámite: Presencial:
Por teléfono (sólo información): 971 35 60 50
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar telemáticamente la documentación solicitada.
Plazos de ciudadano: Los establecidos en la tarjeta de transportes (fecha próx. visado). Para enmendar deficiencias 10 días. Rehabilitación 1 año.
Plazos de la administración:
Tarifas aplicables: 2022: 23,23 euros
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: Ley 16/1987 de 30 de julio de Ordenación de Transportes terrestres (LOTT)
Real Decreto 1211/1990 de 28 de septeimbre que aprueba el Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres (ROTT)


Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: AVISO IMPORTANTE.
Todas las personas físicas y jurídicas se comunicarán y harán sus tramitaciones a través de la plataforma única (sede electrónica) del Ministerio de Transportes, Movlidad y Agenda Urbana. Este es el enlace a dicha sede electrónica.
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIONES/

También se puede acceder desde el botón "Tramitar" situado en la parte superior de esta página.


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