Libro de reclamaciones de transporte (expedición y diligencia)


No hi ha un formulari específic per fer aquest tràmit, però podeu presentar la sol·licitud a través de la instància genèrica

Última modificación: 03/01/2020

Generar documento de pago

Objeto del trámite: Entregar y hacer la diligencia del libro de reclamaciones a las empresas de transporte regular de viajeros en autobús y estaciones de autobuses.
Codi SIA: 2860702
Ámbito de responsabilidad: Servei de transports
Quién lo puede solicitar: El interesado o su representante.
Requisitos a cumplir: Ser persona capacitada legalmente o representante legal debidamente autorizado.
Documentación a presentar: 1. Impreso de solicitud debidamente rellenado.
2. Tarjeta de identificación fiscal o NIF.
3. Autorización de transportes.
4. Comprobante del pago de las tasas.
5. En el caso de locales auxiliares de alquiler de vehículos, licencia de apertura de éstos.
7. En el caso de representantes, documento acreditativo de la representación legal.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella
Por teléfono (sólo información): 971 35 60 50
Por correo: Plaça de la Biosfera, 5 07703 Maó
Por FAX (sólo información): 971 36 83 93
Correo electrónico:
Otros:
Página web:

Qué ha de pedir el ciudadano: 1. Recoger el impreso de solicitud, el impreso para el abono de la tasa y la relación de documentación que tiene que presentar (SAC / portal web)
2. Pagar la tasa (entidades bancarias colaboradoras, portal web institucional o SAC).
3. Presentar la documentación solicitada (SAC)
4. Enmendar deficiencias, si escau (SAC)
5. Recoger el libro de reclamaciones (SAC, o por correo si se solicita)

Plazos de ciudadano: Se puede solicitar en cualquier momento
Plazos de la administración: Inmediato, si no hay deficiencias
Tarifas aplicables: 2022: 11,04 euros
Respuesta al ciudadano: Presencialmente o por correo postal
Marco legal: · Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de transportes terrestres y normativa complementaria
· Real Decreto 1211/90, de 28 de diciembre, de Ordenación de transportes terrestres
· Orden Ministerial del Ministerio de Fomento 3398/2002, de 20 de diciembre
- Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera

Sentido del silencio administrativo: Estimatorio
Observaciones: A consecuencia de la Orden Ministerial 1230/2013, de 31 de mayo, publicada en el BOE de día 3 de julio de 2013, a partir de ahora el libro de ruta se exige únicamente en los supuestos de transporte público discrecional, mientras que el libro u hojas de reclamaciones solamente se requieren en relación con los servicios de transporte regular de uso general y las estaciones de transporte.



 
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