Última modificación:
02/03/2011
Tramitar
Objeto del trámite:
Consultar los tributos pendientes de pago y/o efectuar el pago de un tributo en voluntaria / ejecutiva.
RECIBO EN VOLUNTARIA: recibo que se encuentra dentro del plazo estipulado para el pago. Para efectuar el pago podeis clicar en el lugar indicado en cada recibo.
RECIBO EN EJECUTIVA: recibo que NO ha sido pagado en plazo de pago voluntario. El importe del recibo se incrementará con los correspondientes recargos, intereses y costas. Puede sacar la carta de pago imprimiendo el tríptico de pago, para efectuar el pago clicar el enlace PAGAR. Para otras consultas podeis poneros en contacto con la oficina de recaptación de ejecutiva i multas. Teléfono:971159779 Email: infotributaria@aj-alaior.org
Ámbito de responsabilidad:
Tresoreria
Quién lo puede solicitar:
- El contribuyente afectado por el trámite, ya sea persona física o jurídica (el trámite telemático solo lo puede realizar la persona interesada).
Requisitos a cumplir:
- Ser contribuyente del municipio.
- Saber que recibo se quiere pagar.
Documentación a presentar:
Trámite presencial:
- DNI, pasaporte, tarjeta de residencia.
- Si actúa en representación, DNI y autorización para recoger documentación firmada por la persona interesada para realizar el trámite.
Trámite telemático:
- Certificado digital o PIN ciudadano.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) del Ayuntamiento de Alaior
Por teléfono (sólo información):
971371002 EXT 139
Por correo:
C/ Major, 11
Por FAX (sólo información):
Servicio no disponible
Correo electrónico:
Servicio no disponible
Otros:
Página web:
https://www.carpetaciutadana.org/alaior/trmPTEL.aspx?TIPDEUDA="P"
Qué ha de pedir el ciudadano:
Consultar o pagar los tributos pendientes.
Plazos de ciudadano:
En el plazo determinado para cada recibo
Plazos de la administración:
Inmediato
Tarifas aplicables:
Trámite gratuito
Respuesta al ciudadano:
Inmediata
Marco legal:
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudac
Sentido del silencio administrativo:
No se establece
Observaciones:
En cumplimiento de los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, puede acceder en cualquier momento a los datos facilitados y a solicitar, cuando sea necesario, su rectificación, oposición o cancelación dirigiendo comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento. Puede realizarlo de manera presencial mediante la presentación de solicitud o telemáticamente a través del trámite Ejercicio de los Derechos de Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad u Oposición en relación con Datos de Carácter Personal.