Última modificación:
18/05/2015
Tramitar
Objeto del trámite:
Designar una cuenta bancaria para el pago de los recibos municipales de padrones (IBI, IVTM, IAE, basuras, vados, perros, etc.) . Si ya hay dada de alta una domiciliación bancaria para los recibos indicados del interesado, efectuando este trámite se actualizará el nuevo nº de cuenta corriente.
Las solicitudes de domiciliación presentadas tendrán efecto para el próximo periodo de cobro siempre que se presenten con un plazo mínimo de 30 días antes del inicio del periodo voluntario. Así entonces, tendrán efecto para el primer periodo de cobro las solicitudes recibidas con anterioridad al día 15 de febrero, y para el segundo periodo las que se hayan recibido con anterioridad al día 15 de junio. Las domiciliaciones presentadas con posterioridad surtirán efecto el año siguiente.
El pago de los recibos directos puede realizarse mediante el trámite "pago de recibos".
Ámbito de responsabilidad:
Tresoreria
Quién lo puede solicitar:
- El contribuyente afectado por el trámite, ya sea persona física o jurídica.
- El representante legal de éste (el trámite telemático sólo lo puede realizar la persona interesada).
Requisitos a cumplir:
- Ser titular de un tributo o haber adquirido un bien o un derecho que te convierta en contribuyente para ejercicios futuros.
- Haber sido autorizado por un titular para la domiciliación de un tributo en un número de cuenta corriente de un titular diferente (haciendo constar en la solicitud las firmas del titular del tributo y del titular de la cuenta).
- Haber sido autorizado expresamente por un titular para la realización del trámite (justificándolo con una autorización, un encargo de trabajo,...)(el trámite telemático sólo lo puede hacer la persona titular del tributo)
Documentación a presentar:
Trámite presencial: modelo de orden SEPA de domiciliación de débito directo para el pago de tributos, debidamente rellenado con los datos de notificación, la cuenta de domiciliación (nº IBAN de 24 dígitos) y firmado por las personas interesadas. Si se tramita telemáticamente, adjuntar también este documento.
- DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de las personas interesadas.
- Si actúa en representación, DNI y autorización firmada por la persona interesada para realizar el trámite.
Trámite telemático:
- Certificado digital o PIN ciutadano. (Sólo el titular del tributo)
- Para gestorías, abogados, etc. actuando en representación (con certificado digital diferente del solicitante): efectúen el trámite "instancia general" de la sede electrónica, actuando como solicitantes. En este caso, adjunten la orden de domiciliación y acrediten la representación.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Registro de entrada del Ayuntamiento
Por teléfono (sólo información):
971371002 EXT 139
Por correo:
C/ Major, 11
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
www.alaior.org
Qué ha de pedir el ciudadano:
El alta de una domiciliación bancaria
Plazos de ciudadano:
Depende de la fecha de presentación
Plazos de la administración:
No se establece
Tarifas aplicables:
Bonificación por domiciliación bancaria de tributos: 3% en el recibo del IBI y 1.5% en el resto de tributos
Respuesta al ciudadano:
No hay
Marco legal:
- Los artículos 25, 34 y 38 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- La Ordenanza Municipal General de actuaciones y procedimientos de recaudación.
- Las ordenanzas fiscales de cada impuesto.
- Reglamento UE 260/2012 (SEPA)
Sentido del silencio administrativo:
No se establece
Observaciones:
En cumplimiento de los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, puede acceder en cualquier momento a los datos facilitados y a solicitar, cuando sea necesario, su rectificación, oposición o cancelación dirigiendo comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento. Puede realizarlo de manera presencial mediante la presentación de solicitud o telemáticamente a través del trámite Ejercicio de los Derechos de Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad u Oposición en relación con Datos de Carácter Personal.