Comunicación modificación actividad permanente existente

Tramitar

Objeto del trámite: Comunicar en el Ayuntamiento las modificaciones introducidas en una actividad permanente con título habilitante para el ejercicio de esta.
El tipo de modificaciones de actividades permanente se define al arte. 11 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, modificada por la Ley 6/2019, de 8 febrero.

Ámbito de responsabilidad:
Quién lo puede solicitar: La persona o entidad promotora de la obra
Requisitos a cumplir: Previamente a la comunicación de modificación de actividad, se tiene que disponer del título habilitante para la ejecución de obras y/o instalaciones, si procede.
Hay dos modalidades, dentro del régimen de comunicación de modificación de actividades permanentes existentes:
1) Cuando las modificaciones introducidas implican la modificación del proyecto técnico (modificaciones sustanciales e importantes).
2) Las modificaciones realizadas no modifican el proyecto técnico (modificaciones simples).

Documentación a presentar: • DNI o equivalente de la persona solicitante.
• Escritura de constitución de la sociedad, acompañada del NIF, cuando se trate de una persona jurídica.
• Autorización o documentación acreditativa de la representación, si procede (ACT-06).
• Declaración responsable del titular de modificación de actividad permanente (ACT-16)

Documentación adicional para modificaciones que impliquen la modificación del proyecto técnico

• Certificado del técnico director o técnica directora, visado por el colegio oficial correspondiente, si procede, que acredite que las instalaciones de la actividad se ajustan al proyecto de actividades, y con la normativa de aplicación, acompañado con la documentación gráfica mínima que las defina. (ACT-02)
• Declaración responsable del técnico/a competente, cuando la documentación técnica no esté visada por el colegio oficial correspondiendo (ACT-03)

Donde se puede realizar el trámite: Presencial:
Por teléfono (sólo información): 971 36 51 93
Por correo:
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico: secretaria3@aj-escastell.org
Otros: Telemáticamente por instancia genérica
Página web: www.aj-escastell.org

Qué ha de pedir el ciudadano:
Plazos de ciudadano:
Plazos de la administración: La presentación de la declaración responsable faculta para el inicio y el ejercicio de las modificaciones introducidas a la actividad, sin perjuicio de aquello que indica el apartado 4 del artículo 69 de la Ley 39/2015 o la norma que lo sustituya.
Tarifas aplicables: Según Ordenanza Fiscal 1.19, reguladora de la tasa en lo referente a actividades, instalaciones o establecimientos que se desarrollen en Es Castell
Respuesta al ciudadano:
Marco legal: • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
• Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares

Sentido del silencio administrativo: No se aplica
Observaciones: Si es necesaria la ocupación de la vía pública, para realizar las obras, se solicitará el correspondiente permiso a la Policía Local.

NOTA IMPORTANTE: ALGUNOS TRÁMITES NO FUNCIONAN Y NO SE VISUALIZAN CORRECTAMENTE CON LOS NAVEGADORES WEB MOZILLA FIREFOX Y OPERA. ES RECOMENDABLE UTILIZAR EL NAVEGADOR WEB GOOGLE CHROME PARA REALIZAR LOS MISMOS SIN NINGÚN PROBLEMA.



 
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