Ayuda para mujeres víctimas de violencia de género

Trámite fuera de plazo
Última modificación: 11/03/2024

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Objeto del trámite: Obtener la ayuda económica de pago única para mujeres que han sufrido violencia de género, recogida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Ámbito de responsabilidad: Departamento de Bienestar Social
Quién lo puede solicitar: ·Las mujeres víctimas de violencia de género que acrediten recursos económicos escasos y dificultades especiales para obtener un trabajo que figuren empadronadas en algún municipio de Menorca.

Requisitos a cumplir: ·Anexo I - Condiciones, requisitos y procedimiento para obtener la ayuda económica de pago única recogida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004.

Documentación a presentar: Anexo II - Modelo de solicitud.
Anexo III - Modelo declaración de la situación económica.
Anexo IV – Modelo declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados.
Anexo V - Modelo declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Anexo VI - Modelo documento acreditativo de la representación, si procede.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: SAC (Maó y Ciutadella) o en cualquier registro y lugar establecidos en la Ley 39/2015
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: -
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico: info.sac@cime.es
Otros:
Página web: https://www.carpetaciutadana.org/web/gesserveis/gestion.aspx?IDGESTION=990100262

Qué ha de pedir el ciudadano: Presentar la documentación requerida.
Plazos de ciudadano: Sin plazo
Plazos de la administración: 3 meses
Tarifas aplicables: Se trata de un trámite gratuito
Respuesta al ciudadano: Notificación de la resolución a la persona interesada.
Marco legal: Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género
Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1 /2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género
Decreto 125/2010, de 23 de diciembre, de principios generales para la concesión de las ayudas económicas de pago único del artículo 27 de la Ley orgánica 1 /2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia
Decreto 46/2015, de 22 de mayo, de modificación de principios generales para la concesión de las ayudas económicas de pago único recogidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1 /2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género

Sentido del silencio administrativo: Desestimatorio.
Observaciones:


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