Trámite fuera de plazo
Última modificación:
11/07/2024
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de septiembre de 2024 y finalizará el 30 de septiembre.
Prestar ayudas para financiar los gastos derivados de la contratación de personal monitor para atender a niños y jóvenes con un grado de discapacidad o de dependencia reconocidos que participen en las actividades de ocio educativo infantil y juvenil de Menorca.
Codi SIA:
2889032
Ámbito de responsabilidad:
Cultura, Educació, Joventut i Esports
Quién lo puede solicitar:
Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que organicen una actividad de ocio educativo infantil y juvenil regulada por el Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se despliegan diversos aspectos de la normativa de juventud y de ocio, que cumplan la normativa, y en el que participen menores de edad con un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33% o un grado de dependencia de nivel I, II o III.
Las personas beneficiarias deben ser residentes o ser entidades radicadas en Menorca. La persona o la entidad organizadora tiene que presentar la declaración responsable ante el Consejo Insular de Menorca prevista en el artículo 45 del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se despliegan diversos aspectos de la normativa de juventud y de ocio . El Consejo Insular de Menorca revisará de oficio el cumplimiento de este requisito.
Requisitos a cumplir:
Son requisitos de las actividades subvencionables:
1. Estar reguladas por la normativa vigente que regula las actividades de ocio educativo infantil y juvenil en las Islas Baleares, que actualmente es el Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se despliegan diversos aspectos de la normativa de juventud y de ocio.
De acuerdo con el artículo 37, punto 4, del Decreto 23/2018, estas actividades son en concreto:
a) Acampada.
b) Campo de trabajo, de voluntariado o de aprendizaje.
c) Escuela de verano o de vacaciones.
d) Colonia.
e) Estancia, casal, campus y otras actividades de carácter deportivo.
f) Actividades en una granja escuela.
g) Actividades en un aula de naturaleza.
h) Marcha por etapas.
i) Actividades en centros infantiles o juveniles de ocio educativo.
j) Actividades de educación en el ocio educativo infantil y juvenil de carácter mixto: que incluyan actividades de tipo académico y otras propiamente de ocio educativo.
k) Actividades extraordinarias de aventura o de deportes de riesgo.
l) Cualquier otra actividad asimilable, cualquiera que sea su denominación.
2. La actividad de ocio educativo debe tener lugar en Menorca entre el 27 de diciembre de 2023 y el 15 de septiembre de 2024.
3. La persona o la entidad organizadora de la actividad debe presentar la declaración responsable ante el Consell Insular prevista en la normativa vigente en materia de actividades de ocio educativo infantil y juvenil en las Illes Balears.
4. Los monitores y monitoras contratados deben tener en su grupo participantes con un grado de dependencia reconocido o con discapacidad igual o superior al 33%.
- Máximo 1 persona participante con necesidad de apoyo generalizado o grado de discapacidad reconocido superior al 75% o un grado reconocido de gran dependencia (Grado III).
- Máximo 3 personas participantes con necesidad de apoyo extenso o grado de discapacidad reconocido entre el 65% y el 74% o un grado de dependencia moderada (grado I) o dependencia severa (grado II).
- Máximo 5 personas participantes con necesidades educativas especiales y/o grado de discapacidad de entre el 33% y el 64%.
5. El personal monitor debe disponer de una de las siguientes titulaciones:
Cualquier titulación de carácter oficial que incluya las siguientes calificaciones profesionales:
SSC089_2 (Atención sociosanitaria a personas en el domicilio),
SSC320_2 (Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales),
SSC090_3 (Educación de habilidades de autonomía personal y social),
SSC323_3 (Inserción laboral de personas con discapacidad),
SSC444_3 (Atención al alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) en centros educativos),
SSC447_3 (Mediación entre la persona sordociega y la comunidad),
SSC449_3 (Promoción, desarrollo y participación de la comunidad sorda),
SSC450_3 (Promoción e intervención socioeducativa con personas con discapacidad)
Y otros equivalentes, así como las titulaciones de grado en enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional o educación social, maestro en educación especial, licenciatura en pedagogía y pedagogía terapéutica y psicología, psicopedagogía y similares.
U otros que pueda determinar la normativa vigente en materia de actividades de ocio educativo.
Documentación a presentar:
A la solicitud, debe adjuntarse la siguiente documentación:
A) Documentación administrativa general
a) Copia del NIF/DNI/NIE/CIF, tan sólo en caso de que se oponga a su consulta por parte del CIM.
b) Sólo si el solicitante es persona jurídica, original o copia de la escritura de constitución o modificación, de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en el registro correspondiente. Si fuera necesario de conformidad con sus estatutos, deben aportar certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda y para designar representante.
c) Sólo si es una agrupación de personas físicas o jurídicas, una comunidad de bienes u otra agrupación económica sin personalidad jurídica, deben firmar la solicitud todas las personas que la integran y adjuntar los DNI (en el caso de personas físicas) y/o la documentación acreditativa de la personalidad jurídica de cada uno de los integrantes. Asimismo, designarán un único representante y un único domicilio para notificaciones.
d) Acreditación de la representación, sólo si la solicitud se presenta en nombre de otro (Anexo 3).
e) Sólo en el caso de empresas, deben presentar la documentación justificativa de estar de alta del impuesto de actividades económicas correspondiente. Si la empresa no está obligada a estar de alta de dicho impuesto, debe acreditar esta circunstancia mediante declaración responsable.
f) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003), en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por medio del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en las demás leyes que resulten de aplicación. (Anexo 1, punto 8).
g) Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas para realizar la misma actividad (Anexo 1, punto 3).
h) Documento de designación de cuenta bancaria de la empresa o de su representante según modelo facilitado por el Consejo Insular de Menorca, salvo que ya consten en la Tesorería General del CIM, lo que debe hacerse constar expresamente en la solicitud (Anexo 2).
i) En caso de no autorizar al Consejo Insular de Menorca a comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y el 95.1 letra K de la Ley 58/2003, General Tributaria, la persona interesada deberá aportar un certificado en el que conste que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado.
j) Certificado de empadronamiento (sólo personas físicas), sólo en caso de que se oponga a su consulta por parte del CIM.
B) Documentación específica
a) Listado de las personas menores de edad que han participado en la actividad de ocio educativo que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% o de dependencia reconocido por el organismo competente, en el que conste sólo las iniciales del/ de la menor, el porcentaje de discapacidad y/o el nivel de dependencia reconocido, y las fechas en las que ha asistido a la actividad. (Anexo 1, punto 4).
b) Listado del personal contratado para atender a las personas menores de edad que han participado en la actividad y que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% o de dependencia reconocido por el organismo competente. Debe indicarse si se trata de una contratación directa o mediante un contrato de servicios con otra entidad o empresa, así como el gasto que ha representado por la persona o entidad que organiza la actividad de educación en el tiempo libre educativo (Anexo 1 punto 5.1).
En caso de contratación directa es necesario especificar la duración y categoría del contrato y el tipo de jornada.
c) En el caso de contratación directa, debe presentarse copia de los siguientes documentos:
- Contrato firmado.
- Nóminas.
- Justificantes bancarios de los salarios abonados a la persona trabajadora objeto de la subvención.
- Documentos de cotización a la Seguridad Social RLC y RNT (antiguos TC1 y TC2) del período subvencionado.
- Justificantes de pago cotización a la Seguridad Social RLC y RNT (antiguos TC1 y TC2) del período subvencionado.
d) En el caso de contratación de monitores/as autónomos deben presentarse copias de los documentos que constan a continuación:
- Contrato firmado.
- Facturas presentadas.
- Justificantes de pago de las facturas presentadas.
e) Copia del título del personal monitor que es objeto de la subvención.
f) En caso de que organice la actividad una persona jurídica, justificación de disponer de sede en Menorca.
En relación con la documentación que determinan los apartados anteriores, debe notificarse al Consejo Insular de Menorca cualquier modificación que se produzca durante el período subvencionado.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
PREFERENTEMENTE CON CITA PREVIA - Servei d'Atenció Ciutadana (SAC)
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó - Plaça de la Catedral, 5 07760 Ciutadella
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
Qué ha de pedir el ciudadano:
Recomendamos presentar la solicitud de ayuda de forma electrónica desde la web del Consejo Insular de Menorca con el pin ciudadano, CL@VE o el certificado electrónico. También se puede presentar de forma presencial.
Plazos de ciudadano:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de septiembre y finalizará el 30 de septiembre.
Plazos de la administración:
-
Tarifas aplicables:
-
Respuesta al ciudadano:
-
Marco legal:
-Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrollan diversos aspectos de la normativa de juventud y ocio (Título III).
Sentido del silencio administrativo:
Desestimatorio..
Observaciones: