Registro insular de plantaciones de viña - Comunicación de final de plantación o replantación de viñedo

Última modificación: 20/08/2024

Tramitar Presentar altra documentació

Objeto del trámite: El objeto de este procedimiento es el de notificar la finalización de una plantación de viñedo y la posterior inscripción en el Registro insular de plantaciones de viñedo.

Codi SIA: 2896692
Ámbito de responsabilidad: Economia i Territori
Quién lo puede solicitar: Son destinatarios de este procedimiento cualquier persona física o jurídica o agrupación de personas físicas o jurídicas o entidad que disponga de una resolución autorizando una plantación de viñedo.


Requisitos a cumplir: - Ser persona física o jurídica, o agrupación de personas físicas o jurídicas, y tener a su nombre una resolución de de autorización de plantación de viñedo.
- El solicitante, debe tener a su disposición en el momento de la comunicación de la finalización de la plantación, en propiedad o en régimen de arrendamiento, Amitges o cualquier otra forma conforme a derecho que pueda demostrar mediante un documento liquidado los tributos correspondientes, la superficie agraria para la que comunica la finalización de la plantación.
- Las nuevas plantaciones y replantaciones de viñedo reguladas en el Decreto 34/2020 se deben hacer con las variedades autorizadas o recomendadas para las Islas Baleares y con las variedades de portainjertos que recogen los Anexos XI y XII del Decreto mencionado, y con las que figuren en posteriores modificaciones que puedan realizarse en la clasificación de las variedades que figuran en los anexos anteriores.
- El solicitante debe tener la superficie agraria (parcela y recinto) inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias (REA), correspondiente.

Documentación a presentar: - Factura o certificado del material vegetal utilizado.

Donde se puede realizar el trámite: Presencial: Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó/Ciutadella - Sa Granja - Sa Roqueta
Por teléfono (sólo información): 971356050
Por correo: Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web: www.cime.es

Qué ha de pedir el ciudadano: -
Plazos de ciudadano: Antes de la caducidad de la autorización.
Plazos de la administración: El plazo para resolver la inscripción es de 3 meses.
Tarifas aplicables: -
Respuesta al ciudadano: -
Marco legal: -Decreto 34/2020, de 23 de noviembre, por el que se fijan los principios generales en materia de control del potencial de producción vitícola, del Registro Vitícola y sobre las declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola en las Islas Baleares y se incluyen las variedades espuela de gallo, N. Callet negrella, N. y falta de Tibú, N. en la categoría de variedades de uva de vinificación autorizadas en las Islas Baleares.
-Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Sentido del silencio administrativo: Estimatorio.


Observaciones:


 
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