Última modificación:
20/07/2017
Tramitar.
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
Darse de alta o tener acceso a la Plataforma para Guías Turísticos (PGT).
Codi SIA:
2509404
Ámbito de responsabilidad:
Ordenació territorial i turística
Quién lo puede solicitar:
Los guías turísticos habilitados de las Islas Baleares. También los guías establecidos en otras comunidades autónomas (según el art. 139 del Decreto 20/2015) o países de un estado miembro de la UE (según el art. 144 del Decreto 20/2015), así como las agencias de viajes (mayoristas y minoristas) y mediadores turísticos inscritos en el Registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos.
Requisitos a cumplir:
Disponer de la habilitación como guía turístico. Estar inscrito en el Registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos, en el caso de las agencias de viajes y mediadores turísticos.
Documentación a presentar:
Las personas interesadas que quieran darse de alta o tener acceso a la Plataforma para Guías Turísticos deben solicitarlo al servicio de Ordenación Turística por los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, adjuntando la siguiente documentación:
1. Presentación del documento nacional de identidad o documento equivalente.
2. Acreditación a través de cualquier medio válido en derecho de la personalidad y la representación de la persona declarante, en su caso.
3. Carnet de guía turístico habilitado o habilitación de guía en caso de otros CA o resto de la UE.
4. Solicitud de las claves de acceso a la plataforma.
El modelo de la solicitud figura al final de este trámite. Todos los documentos que se adjuntan deben presentarse en formato original.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Servei d'Atenció Ciutadana (SAC) Maó / Ciutadella
Por teléfono (sólo información):
971356050
Por correo:
Plaça de la Biosfera 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
info.sac@cime.es
Otros:
Página web:
www.cime.es
Qué ha de pedir el ciudadano:
Presentar la documentación en el SAC.
Plazos de ciudadano:
--
Plazos de la administración:
--
Tarifas aplicables:
--
Respuesta al ciudadano:
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Marco legal:
- Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares
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- Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012.
- Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36 / CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006 / 100 / CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: