Última modificación:
16/10/2013
Tramitar
Presentar altra documentació
Objeto del trámite:
Realizar la baja de una domiciliación bancaria del Consejo Insular de Menorca vinculada a ingresos del Consejo Insular de carácter tributario o no tributario. Quedan excluidas del objeto de este trámite de domiciliación aquellas tasas o precios públicos los que deben pagar mediante autoliquidación.
Ámbito de responsabilidad:
Servicio de Tesorería
Quién lo puede solicitar:
Aquellas personas que tengan domiciliado algún tributo del Consell Insular de Menorca.
Requisitos a cumplir:
- Tener asociado un objeto tributario.
- Disponer de un sistema de firma electrónica admitido por el CIM (tramitación electrónica).
Documentación a presentar:
Instancia solicitando la baja de una domiciliación bancaria relativa a un objeto tributario concreto.
Donde se puede realizar el trámite:
Presencial:
Servei d'atenció ciutadana (SAC) Maó / Cuitadella
Por teléfono (sólo información):
Por correo:
Pl. de la Biosfera, 5, 07703 Maó
Por FAX (sólo información):
Correo electrónico:
Otros:
Página web:
https://www.carpetaciutadana.org/cime/
Qué ha de pedir el ciudadano:
Tramitación presencial
- Entregar la solicitud (instancia) indicando el motivo de la solicitud: baja de domiciliación.
Tramitación electrónica:
Elegir el trámite (baja) y rellenar los datos requeridos del formulario electrónico.
Seleccionar directamente el objeto tributario del cual se solicita la baja de la domiciliación.
Enviar la solicitud.
Consultar y realizar el seguimiento de la solicitud.
Plazos de ciudadano:
Lo puede solicitar en cualquier momento.
Plazos de la administración:
Inmediato.
Tarifas aplicables:
Ninguna
Respuesta al ciudadano:
El tràmite se realiza automàticamente y no se comunica al solicitante.
Marco legal:
Normativa básica:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ordenanza de administración electrónica del Consejo Insular de Menorca.
Normativa específica:
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Normativa específica según el objeto de la solicitud.
Sentido del silencio administrativo:
Observaciones: